8 may 2016

RENTA FINANCIERA: UNA CUESTIÓN A RESOLVER





RENTA FINANCIERA: 
UNA CUESTIÓN A RESOLVER

{De memoria, una experiencia mendocina. En 1985 un fuerte terremoto castigo a la ciudad, ante la situación se determinó por ley que el 2% de los intereses de los plazos fijos sería retenido y destinado a cubrir la emergencia. Por lo anterior no caben posiciones absolutas: Renta Financiera totamente gravada o totalmente exenta. Existen circunstancias y sectores que deberían ser analizados con el fin de encontrar "el justo medio"}




Impuestos Por Hernán Gilardo
Viernes 06 de Mayo de 2016 

La "Patria Financiera" y una caja que ningún Gobierno se anima a “manotear”

 

 

06-05-2016 La decisión del Gobierno fue clara: mientras cientos de miles de asalariados soportan mes a mes el Impuesto a las Ganancias bajo parámetros desactualizados, quienes decidan invertir en Lebacs no pagan ni un peso ante la AFIP   


Pasan los Gobiernos pero hay una "caja" que permanece intacta. 

Se trata de la renta financiera.

Está claro: Ni los K, ni los Pro, ni los anti K, tienen empacho alguno en aumentar el Impuesto a las Ganancias que recae sobre los trabajadores e inclusive, dejar congelado por más de una década el esquema tributario que determina la carga fiscal que mes a mes soportan los empleados.

Eso sí, nunca cometerían el "sacrilegio" de avanzar sobre los intereses que da un plazo fijo.

Situación similar se da por estos días, luego de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirme que las Lebacs no están alcanzadas en el Impuesto a las Ganancias ni en Bienes Personales.

Si bien, días atrás, en una nota firmada de puño y letra por el mismísimo titular del Banco Central, Federico Sturzenegger, se señaló que "se advierten elementos diferenciadores que distinguen la naturaleza jurídica de las Lebacs y Nobacs del concepto de títulos públicos", igualmente el organismo a cargo de Alberto Abad decidió convalidar la liberalidad en los impuestos que recaen sobre las Lebacs.

Vale aclarar que la renta financiera, se encuentra exenta o no alcanzada cuando se trata de personas físicas. 

En el caso de empresas, la renta financiera paga el correspondiente impuesto.

La normativa vigente es clara: la renta de los títulos públicos, tanto en moneda local como extranjera, en cabeza de personas físicas no soporta el peso de Ganancias

Y su tenencia no se encuentra alcanzada por el Impuesto sobre los Bienes Personales.

La decisión del Gobierno fue contundente: mientras cientos de miles de asalariados soportan mes a mes el Impuesto a las Ganancias bajo parámetros desactualizados, quienes decidan invertir en Lebacs no pagan ni un peso ante la AFIP.

La determinación, genera aún más ruido si se tiene presente que el mismísimo Sturzenegger aseguró que las Lebacs poseen elementos diferenciadores respecto a los títulos públicos.

Entonces, ¿qué lleva a sobrecargar la presión fiscal sobre asalariados mientras los inversores no pagan un peso por su bicicleta financiera construida en base a las Lebacs?

Simple: si al rendimiento cercano al 38% de las Lebacs se le quita lo que ingresaría al fisco nacional por Ganancias y Bienes Personales, el rendimiento se reduciría a un porcentaje cercano al 20%, lo que "destruiría" el atractivo que -hoy por hoy- tienen las Lebacs.

Y por lo tanto, el Gobierno perdería una de las herramientas de política monetaria más importantes que tiene hoy en la actualidad.

Renta financiera: la "caja" intocable 

A fin de dejar en claro cuáles son los conceptos que representan la "caja" de la denominada renta financiera, Mario Volman, socio del Estudio Kaplan, Volman & Asociados detalló los aspectos que gozan actualmente de la liberalidad, siempre que se trate de una persona física. De ser una empresa, se encuentran alcanzados.

La siguiente infografía permite ver el detalle de los mismos:



En primer término, los intereses obtenidos por un plazo fijo o por depósitos en cajas de ahorro –ya sean en dólares o en pesos- se encuentran exentos en Ganancias.

Igual situación se da con la renta de los títulos públicos, tanto en moneda local como extranjera.

También están eximidos del pago del tributo los cupones de obligaciones negociables con oferta pública y los cupones de valores representativos de deuda de fideicomisos financieros.

En tanto, las diferencias de cambio generadas por las operaciones de compraventa de divisas no están alcanzadas por el impuesto.

Asimismo, un apartado interesante refiere a la compraventa de acciones. 

Si los títulos valores cotizan en bolsa, la ganancia se encuentra exenta del pago del tributo. 

Por el contrario, si no cotizan en bolsa, la utilidad se encuentra gravada.

Por último, la compraventa ocasional de acciones (es decir, aquellas transacciones que no forman parte de las efectuadas por un operador habitual) no está alcanzada por Ganancias.

Avanzar sobre la renta financiera: ¿una buena decisión? 

Más allá de lo tentadora que resulta la "caja", expertos consultados por este medio analizaron si es conveniente avanzar sobre la renta financiera.

Al respecto, Enrique Scalone, titular de la consultora que lleva su nombre, aseguró que "introducir el impuesto sobre las rentas financieras, sin establecer un ajuste por inflación, constituye un acto de irracionalidad tributaria".

En referencia a las ganancias financieras, Julián Martín, consultor tributario, explicó que "nuestro país posee a nivel mundial una de las mayores cargas impositivas medidas respecto del PBI, por lo que derogar exenciones aumentará tal carga y desalentará las inversiones".

Elías Lisicki, titular del estudio Lisicki, Litvin & Asociados, señaló oportunamente que "la discusión se enmarca en la controversia que se da en el Impuesto a las Ganancias respecto a la renta financiera, versus los salarios o la renta del trabajo personal".

"En el campo académico hay una corriente que sostiene que los ingresos de un asalariado no deberían estar alcanzados", sostuvo el profesional.

"Sin perjuicio de ello, la renta financiera no necesariamente debe estar gravada para que el sistema tributario sea equitativo. 

Decisiones de este tipo deben ser evaluadas en base al momento y al lugar en donde se aplicará la medida", advirtió Lisicki.

En tanto, el consultor impositivo , Alberto Romero, señaló que "si bien la gravabilidad de las rentas financieras constituye una medida adecuada desde el punto de vista político, una decisión de este tipo debiera ser analizada en función de los efectos que derivan de la misma".

"Si la actual exención impositiva de las rentas financieras constituye un incentivo para que la persona física residente en el país, o el beneficiario del exterior realice inversiones financieras a nivel local, la eventual gravabilidad de las mismas afectará tal decisión", concluyó Romero.

fuente
"iProfesional", 06.05.2016

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¡BIENVENIDOS, GRACIAS POR ARRIMARSE!

Me atrevo a interpelar, por sentirlos muy cercanos, por más que las apariencias parecieran indicar lo contrario; insisto en lo de la cercanía, por que estamos en el mismo bote – que hace agua - , tenemos pesares, angustias y problemas comunes, recién después vienen las diferencias.

La idea es dialogar, hablar de nuestras cosas, hay textos que nos proporcionan la información básica – no única-, solo es una propuesta como para empezar. La continuidad depende de Ustedes, un eventual resultado adicional depende de todos.La idea es hablar desde un “nosotros” y sobre “nuestro futuro” desde la buena fe, los problemas exigen soluciones que requieren racionalidad, honestidad intelectual que jamás puede nacer desde la parcialidad, la mezquindad, la especulación.

Encontraran en “HASTA EL PELO MÁS DELGADO ...”, textos y opiniones sobre una temática variada y sin un orden temporal, es así no por desorganizado, sino por intención – a Ustedes corresponde juzgar el resultado -.Como no he vivido en una capsula, ya peino canas, tengo opiniones y simpatías, pero de ninguna manera significa dogmatismo, parcialidad cerrada.Soy radical (neto sin adiciones de letras ninguna), pero no se preocupen no es contagiosos … creo, solo una opción en el universo de las ideas argentinas. Las referencias al radicalismo están debidamente identificadas, depende de Ustedes si deciden “pizpear” o no.

El acá y ahora, el nosotros y el futuro constituyen la responsabilidad de todos.Hace más de cuatro décadas, en mi lejana secundaria, de una pasadita que nos dieron por Lógica, recuerdo el Principio de Identidad, era más o menos así: “Si 'A' no es 'A', no es 'A' ni es nada”, por esos años me pareció una reverenda huevada, hoy lo tomo con mucho más respeto y consideración. Variaciones de los mismo: no existe un ligero embarazo; no se puede ser buena gente los días pares.

Llegando al Bicentenario – y aunque se me tildé de negativo- siento que como pueblo, desde 1810, hemos estado paveando … a vos ¿qué te parece?. En algún momento perdimos el rumbo y ahí andamos “como pan que no se vende. Cuentan que don Ángel Vicente Peñaloza decía: “Como ei de andar, en Chile y di a pie, cuando hay de que no hay cunque, cuando hay cunque no hay deque”.

De tanto mirarnos el, ombligo y su pelusa, tenemos un cerebro paralitico, cubierto de telarañas y en estado de grave inanición. Padecemos una trágica concurrencia de factores que nos impiden advertir – debidamente -, este, nuestro triste presente y lo que es peor aún, nos va dejando sin futuro.

A los malos, los maulas, los sotretas, los villanos, los mala leche, los h'jo puta, los podemos enfrentar pero … ¿qué hacemos con los indiferentes, con los que solo se meten en sus cosas, y no advierten que el nosotros y el futuro por más que sean plurales son cosas personalisimas? Y luego dicen que quieren a sus hijos y su familia; ¡JA!, ¡doble JA!, ¡triple JA! (il lupo fero).

¡¡EL REY ESTÁ EN PELOTAS!!, dijo el niño de la calle, hijo de padre desconocido y madre ausente, ese niño es mi héroe favorito.

¿QUÉ ES PEOR LA IGNORANCIA O LA INDIFERENCIA?

¡¡NO LO SÉ Y NO ME IMPORTA!!

El impertinente, el preguntón es nuestra esperanza, nuestro “Chapulin Colorado”.

Mis querido “Chichipios” - diría don Tato- no olviden que además de ver el vaso medio vació o medio lleno, hay que saber que contiene – sino que le pregunten a Socrates - ¡Bienvenidos! Adelante. Julio


Mendoza, 11 de noviembre de 2009.