Además de saber que esté medio lleno o medio vacío, hay que conocer que contiene. Sócrates
6 ene 2018
EXTRANJEROS EXTRADITABLES
EXTRANJEROS EXTRADITABLES
La Justicia avaló el
decreto de Macri para echar extranjeros: las deportaciones aumentaron 3150% en
dos años
El juez Ernesto Marinelli rechazó
un amparo colectivo liderado por el CELS que buscaba impugnar el Decreto
70/2017, diseñado para inmigrantes acusados de delitos y que busca expulsarlos
del país aun sin condena firme.
El Decreto
70/2017, impulsado por el Poder Ejecutivo para acelerar la expulsión
de extranjeros acusados de la comisión de delitos, causó cierto revuelo en
enero de este año.
Deportar a un extranjero del país no
es algo jurídicamente fácil; por ejemplo, en los casos de
delincuentes comprobados y de alta peligrosidad.
La figura
de extrañamiento,
aplicada por jueces del fuero de ejecución penal para inmigrantes con condena
firme impuesta en el país y que cumplieron la mitad de su pena en
suelo argentino, es una de las formas más comunes.
La recibió, por ejemplo, "Ruti"
Mariños, oriundo de Perú, uno de los más violentos capos narco de la Capital
Federal, sindicado como jefe de parte del narcotráfico de la Villa 31 bis y
condenado a 18 años por comandar una masacre que les costó la vida a cinco
personas, incluido un bebé.
Mariños volvió a Lima, para
ser extraditado de vuelta a la Argentina con un pedido de captura del juez
Sergio Torres.
La celda
en el penal de Devoto de César Morán de la Cruz, también
peruano y condenado a 15 años por homicidio y el principal competidor de
Mariños en el asentamiento de Retiro, fue allanada el año
pasado bajo fuertes sospechas de que continuaría operando su negocio por
celular.
La Justicia de Lima pidió que sea extraditado por un
intento de homicidio.
El juez Sebastián Casanello aceptó
el trámite siempre y cuando Morán de la Cruz complete su condena en Argentina.
La
defensa de "Marcos" Estrada González, el notorio capo de la
Villa 1-11-14, condenado a diez años en dos juicios abreviados y con una larga
investigación a cargo del juez Sergio Torres en una causa
minada por incautaciones de armas, cocaína y presunto lavado de dinero en
iglesias evangélicas bonaerenses, perdió una batalla la semana pasada en
el fuero contencioso administrativo federal, que supervisa
cuestiones migratorias: la jueza Liliana Heilland denegó
un pedido de Estrada para no ser expulsado del país luego
de una carrera delictiva de casi dos décadas.
Para los investigadores
acostumbrados a lidiar con Estrada, como la Procuraduría de Narcocriminalidad, echar
a Estrada se vuelve una suerte de último recurso, lo que no garantiza, en sus
cálculos, que comande sus operaciones de forma remota.
“Ruti” Mariños, peruano, capo narco de la Villa 31 bis
El DNU firmado por el
Presidente de la Nación y avalado por su gabinete de ministros busca
atajos mucho más cortos para la expulsión de extranjeros, por
así decirlo.
No solo prevé deportaciones para
inmigrantes con pedidos de captura internacionales y acusados de delitos graves
como narcotráfico o trata de personas: apunta a cualquier inmigrante con tan
solo un procesamiento firme o su equivalente en las Justicias provinciales, es
decir, sin siquiera una condena firme.
No solo
incluye la comisión de delitos graves, sino de antecedentes de cualquier
delito que merezca, según el artículo 29 del DNU, "penas privativas de la
libertad".
De cara a la norma, cualquier fiscal o
juez debe notificar esto en un lapso de cinco días a la
Dirección Nacional de Migraciones, hoy a cargo del doctor Horacio García.
El
extranjero tiene escasos días para presentar pruebas para su defensa, apenas
tres.
Lo cierto
es que las expulsiones a extranjeros acusados de delitos están
en franco aumento en la administración de Cambiemos.
En
2015, según confirmaron fuentes oficiales a Infobae, solo hubo dos
inmigrantes deportados del país.
En 2016, el número escaló a 33.
Hoy,
en 2017, ya son 65 los extranjeros expulsados de la Argentina en cuestiones
ligadas a la comisión de delitos, es decir, un aumento del 3.150% en dos años.
Estos
números no incluyen a ciudadanos expulsados por situaciones migratorias
irregulares, como por ejemplo residencias temporarias vencidas.
El
decreto hoy se encuentra en tratamiento en el Congreso,
precisamente en la Comisión Bicameral de Seguimiento de Trámite Legislativo a
cargo de Marcos Cleri, sin dictamen sobre el 70/2017 hasta hoy.
A pesar de
esto, voces oficiales reconocen que el DNU se aplica con vigor en la
práctica.
Meses
atrás, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) buscó
impugnar el decreto con una acción de amparo colectivo que
incluyó a la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes y al Colectivo por
la Diversidad, a la cual luego se sumaron la
Defensoría del Pueblo porteña así como la bonaerense entre otras
organizaciones.
En un escrito
de 95 páginas, el CELS adujo que el decreto "es un nuevo
mecanismo para la expulsión de personas migrantes del territorio argentino
sustancialmente distinto al diseñado por el legislador en la Ley de Migraciones
Nro. 25.871.
Entre las modificaciones que realiza,
el DNU altera el régimen de recursos administrativos ante órdenes de expulsión,
limita las vías de impugnación judicial y el acceso a la justicia de
personas migrantes ante esas decisiones".
Horacio García, titular de Migraciones, junto a Cristian Ritondo
El expediente de
impugnación al DNU recayó en el Juzgado Contencioso
Administrativo Federal 1 a cargo del juez Ernesto Marinelli.
El
jueves pasado, Marinelli emitió su fallo: rechazó la impugnación del DNU, lo que
libera la vía aún más para los proyectos migratorios del Ejecutivo y le da una
perspectiva de mayor poder a Migraciones, ya que el trámite de
expulsión es netamente administrativo más allá de cualquier implicancia en el
fuero penal.
Infobae accedió al fallo.
En el texto,
Marinelli apunta que, precisamente, el 70/2017 se encuentra "a
consideración del Congreso, que no tiene plazo previsto en la Constitución para
expedirse" y que se debe tener en cuenta "que
no ha transcurrido el corriente período de sesiones ordinarias, por lo que no
es posible predicar la existencia de mora en el tratamiento".
También,
que la
Corte Suprema "ha sentado criterio en cuanto a que los procedimientos de
expulsión de personas extranjeras del territorio de la República no constituyen
juicios de naturaleza criminal" y que se trata
"de un proceso de carácter administrativo", con un
Estado que "tiene el derecho soberano de decidir sobre la entrada y
permanencia".
Luego remata, sintéticamente, que
"lo expuesto no significa que el procedimiento
creado por el decreto pueda prescindir de los derechos fundamentales consagrados
en la Constitución y en tratados internacionales".
Los
penales deberían ser un indicador de la perspectiva de este decreto.
El Servicio
Penitenciario Federal, dirigido por Emiliano Blanco, contaba
hoy con 2.342 extranjeros en sus cárceles en
todo el país, de acuerdo con datos del organismo actualizados al 31 de
diciembre de 2016; 1.584 de esos internos están
procesados y 758 tienen una condena.
Ninguno de ellos es
considerado inimputable.
Un 52% de ellos estudia alguna
actividad educativa dentro del Servicio: 899 presos del total tienen educación
primaria completa.
¿Hay una
disparada estadística en el delito perpetrado por
extranjeros?
Los números no hablan de algo tan pronunciado.
Por ejemplo, en 2008 había
en los penales del Servicio unos 1.946 internos de
otros países. Hasta 2014 el número era de 2.046; al año siguiente ascendió a 2.319,
el único aumento significativo en ocho años de curva.
Por otra
parte, el número de procesados tras los muros del SPF aumentó un
41% entre 2008 y 2016,lo que implica
una aceleración de las situaciones judiciales.
El número de condenados se mantiene en
valores similares a lo largo de los años.
De vuelta al
presente, los 2.342 presos extranjeros son, en total, el 21,35% de
la población total del SPF en todas sus cárceles.
Diego Morales, abogado del CELS,
anuncia: "El fallo de Marinelli ya está apelado. Se apeló el lunes y
también lo apeló la Defensoría del Pueblo de la Ciudad y de Provincia. Esto
está a estudio de la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo. En su
fallo, el juez no observa las garantías que los migrantes tienen
en el trámite de expulsión se hayan afectado. De nuevo, no
solo se trata de una condena que no esté firme sino la existencia de cualquier
antecedente, que implica un auto de procesamiento. El paraguas aquí es amplio".
Así,
según el entendimiento de Morales, pueden ser echados del país
"una persona que corta una calle, que vende en la vía pública y afecta la
ley de marcas, alguien que vende comida en la vía pública. Este DNU puede
incorporar cuestiones sociales, ilegalidades mínimas,
resistencia a la autoridad, todos los delitos vinculados a usurpación. El
Estado tiene la posibilidad de definir cuáles son los criterios de residencia,
define quién se puede quedar y quién no. Pero el tema es qué garantías le das.
Al narcotraficante y al extranjero que incurren en un delito menor le aplican
la misma norma. Habla de tres días para preparar una
defensa, cuando el extranjero puede estar preso en este período. Para cualquier
apelación en el sistema se dan plazos de hasta un mes. El
problema es cómo impacta esto en los sectores populares".
Marinelli,
por su parte, concluye su fallo instruyendo a Migraciones para que le haga
saber a cada extranjero que enfrenta el proceso "el derecho a la asistencia
jurídica" con la asignación de, si lo necesitaran, un
intérprete y un defensor oficial.
Me atrevo a interpelar, por sentirlos muy cercanos, por más que las apariencias parecieran indicar lo contrario; insisto en lo de la cercanía, por que estamos en el mismo bote – que hace agua - , tenemos pesares, angustias y problemas comunes, recién después vienen las diferencias.
La idea es dialogar, hablar de nuestras cosas, hay textos que nos proporcionan la información básica – no única-, solo es una propuesta como para empezar. La continuidad depende de Ustedes, un eventual resultado adicional depende de todos.La idea es hablar desde un “nosotros” y sobre “nuestro futuro” desde la buena fe, los problemas exigen soluciones que requieren racionalidad, honestidad intelectual que jamás puede nacer desde la parcialidad, la mezquindad, la especulación.
Encontraran en “HASTA EL PELO MÁS DELGADO ...”, textos y opiniones sobre una temática variada y sin un orden temporal, es así no por desorganizado, sino por intención – a Ustedes corresponde juzgar el resultado -.Como no he vivido en una capsula, ya peino canas, tengo opiniones y simpatías, pero de ninguna manera significa dogmatismo, parcialidad cerrada.Soy radical (neto sin adiciones de letras ninguna), pero no se preocupen no es contagiosos … creo, solo una opción en el universo de las ideas argentinas. Las referencias al radicalismo están debidamente identificadas, depende de Ustedes si deciden “pizpear” o no.
El acá y ahora, el nosotros y el futuro constituyen la responsabilidad de todos.Hace más de cuatro décadas, en mi lejana secundaria, de una pasadita que nos dieron por Lógica, recuerdo el Principio de Identidad, era más o menos así: “Si 'A' no es 'A', no es 'A' ni es nada”, por esos años me pareció una reverenda huevada, hoy lo tomo con mucho más respeto y consideración. Variaciones de los mismo: no existe un ligero embarazo; no se puede ser buena gente los días pares.
Llegando al Bicentenario – y aunque se me tildé de negativo- siento que como pueblo, desde 1810, hemos estado paveando … a vos ¿qué te parece?. En algún momento perdimos el rumbo y ahí andamos “como pan que no se vende. Cuentan que don Ángel Vicente Peñaloza decía: “Como ei de andar, en Chile y di a pie, cuando hay de que no hay cunque, cuando hay cunque no hay deque”.
De tanto mirarnos el, ombligo y su pelusa, tenemos un cerebro paralitico, cubierto de telarañas y en estado de grave inanición. Padecemos una trágica concurrencia de factores que nos impiden advertir – debidamente -, este, nuestro triste presente y lo que es peor aún, nos va dejando sin futuro.
A los malos, los maulas, los sotretas, los villanos, los mala leche, los h'jo puta, los podemos enfrentar pero … ¿qué hacemos con los indiferentes, con los que solo se meten en sus cosas, y no advierten que el nosotros y el futuro por más que sean plurales son cosas personalisimas? Y luego dicen que quieren a sus hijos y su familia; ¡JA!, ¡doble JA!, ¡triple JA! (il lupo fero).
¡¡EL REY ESTÁ EN PELOTAS!!, dijo el niño de la calle, hijo de padre desconocido y madre ausente, ese niño es mi héroe favorito.
¿QUÉ ES PEOR LA IGNORANCIA O LA INDIFERENCIA?
¡¡NO LO SÉ Y NO ME IMPORTA!!
El impertinente, el preguntón es nuestra esperanza, nuestro “Chapulin Colorado”.
Mis querido “Chichipios” - diría don Tato- no olviden que además de ver el vaso medio vació o medio lleno, hay que saber que contiene – sino que le pregunten a Socrates - ¡Bienvenidos! Adelante. Julio
No hay comentarios:
Publicar un comentario