Procesaron a Lázaro Báez
por evasión impositiva y lo embargaron en 250 millones de pesos
29-03-2018
El juez tomó esa medida por el uso de
facturas truchas entre las empresas del grupo.
El procesamiento incluye a dos
personas cercanas a Echegaray
El juez
en lo penal económico Javier López Biscayart procesó y embargó en $250 millones al
empresario Lázaro Báez en una causa
por evasión impositiva de más de $80 millones del Grupo Austral.
Mientras
Báez pidió su excarcelación al tribunal oral que lo juzgará por la causa
denominada “ruta del dinero K”, López Biscayart dictó el procesamiento, sin
prisión preventiva e incluyó a otros directivos del Grupo Austral y a dos altos funcionarios de la AFIP de
Ricardo Echegaray que habían subestimado una pretensión
fiscal del Estado en una primera etapa de la causa.
El reclamo de 80 millones de pesos es solo
por el ejercicio 2010 y se
ampliará cuando el magistrado investigue otros ejercicios fiscales.
Entre las empresas del Grupo Austral denunciadas está Valle
Mitre que administró el hotel Alto Calafate y otros hoteles de la familia
Kirchner.
La
causa se había
iniciado en el 2013 por una denuncia de la diputada Elisa
Carrió por maniobras de evasión impositiva a raíz de
convenios celebrados entre las empresas del Grupo Austral: La Estación SA; Don
Francisco SA; Kank y Costilla SA; Loscalzo y del Curto Construcciones SRL;
Alucom Austral SRL; Badial SA y Austral Construcciones SA con la gerenciadora
Valle Mitre SA en las determinaciones del IVA.
Además, entre estas empresas se
intercambiaron facturas truchas como trampa para no pagar impuestos.
La disolución de la delegación
Bahía Blanca, entre otras maniobras evitó que en el 2013 el juez López
Biscayart procesara y solo pudo hacerle pagar multas menores a Austral, indicó
el diario Clarín.
La
AFIP bajo el control de Echegaray omitió
darle a ese juez informes con los verdaderos números de la evasión.
Recién, tras el cambio de gobierno, se pudo hacer la verdadera determinación de
la deuda fiscal.
La resolución incluye al presidente del Grupo Austral, Julio
Mendoza, a Martín Báez, al contador Claudio Bustos y a los empleados de Austral
Ariel Nieto, Mario Delgado y Emilio Martín, entre otros mientras, que otro
contador César Andrés fue sobreseído.
En la lista de procesados
también figura Emilio Martín y los funcionarios de la AFIP Fabiola Bartra
Alonso y Mónica Majhen Otero.
En esa causa, Báez se negó a declarar y presentó un escrito
preparado por su defensa en el cual expresó que jamás
fue presidente ni representó legalmente a la firma, y manifestó no
comprender por qué se ha decidido imputarlo a raíz de la reapertura del
proceso, luego de que la AFIP, tras el cambio de gobierno, hizo una real
determinación de la pretensión fiscal, agregó el matutino.
En su
resolución, el juez dijo que el Grupo Báez a través de "declaraciones juradas engañosas en
tanto reflejaron el cómputo de créditos fiscales inexistentes provenientes de
la registración de facturas supuestamente apócrifas emitidas por Constructora
Patagónica Argentina SA, Grupo Penta & Cia SA, Calvento SA y Valle Mitre
SA, mediante las cuales se
documentaron operaciones ficticias; y en tanto omitió
exteriorizar débitos fiscales provenientes de ventas gravadas.
En
cuanto al rol de Báez "en los hechos administraba y decidía el devenir de los acontecimientos
de Austral Construcciones SA.
Es decir, habría poseído el
denominado “dominio social”", aunque el presidente formal era Mendoza,
destacó el juez.
Sobre
las funcionarias de la AFIP, el juez sostuvo que "lejos de formar la
convicción suficiente sobre la verdadera naturaleza de los hechos, ocultaron maliciosamente la verdadera
naturaleza del vínculo entre Austral Construcciones SA y Valle Mitre SRL –
luego Valle Mitre SA-, con la finalidad de favorecer la evasión de una fracción
sustancial de los tributos correspondientes de Austral Construcciones SA y
procurar la impunidad de sus responsables. Es decir, tomaron parte de la
evasión endilgada a los responsables de Austral Construcciones SA. mediante una
de las modalidades típicas".
Ello, por cuanto si la
contribuyente engañó y evadió, la actuación de las funcionarias imposibilitó
que se pudiera poner fin a ese estado antijurídico, por lo que deberán
responder en los términos del art. 13, en función de los arts. 1 y 2 de la ley
24769.
Fuente
“iProfesional”,
29.03.2018
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