17 dic 2009

EL HOMBRE NACE LIBRE, RESPONSABLE Y SIN EXCUSAS




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“EL HOMBRE NACE LIBRE, RESPONSABLE Y SIN EXCUSAS”
J.P.Sartre


Describir como un largo y azaroso camino, el que siguió Mendoza para llegar a una Ley de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo, sería minimizar un proceso de casi dos décadas.

En apretada síntesis, tomando sólo los momentos destacados, se pueden recordar:

Durante 2006, el Poder Ejecutivo presenta en la legislatura un proyecto de ley que recibe tantas críticas, que se decide su archivo y convocar al ámbito académico y científico para la formación de equipos interdiciplinarios que elaborarían un anteproyecto, sus integrantes trabajarían AD HONOREN.

Debe señalarse, casi todo el aparato estatal – ejecutivo y legislativo – con sus estructuras, todos rentados, a los que debe agregarse toda la partidocracia tradicional, para cumplir con un cometido del cual son responsables directos, deben recurrir a terceros externos y que trabajaran AD HONOREN.

Así fue que más de 100 profesionales realizaron un trabajo de relevamiento y elaboración, tras lo cual un equipo de cinco abogados da forma jurídica a las conclusiones y propuestas elaboradas y redacta el articulado de la normativa.

En el anteproyecto se destaca: a) resta autonomía a los municipios. b) se propone la creación de un Ente plural, autárquico, con financiamiento propio, con un único sistema de información, coordinación y control el SICICOT. c) consagra el derecho al agua como derecho humano. d) prohibición de excepciones. e) uso unificado del pedemonte en Las Heras, Capital, Godoy Cruz y Luján.

El anteproyecto se entrega a los legisladores en octubre de 2007.

En mayo de 2008 desde el Poder Ejecutivo provincial se propicia reabrir el debate a nuevas propuestas, lo que es rechazado rotundamente por el rector, Somoza, de la UNC.

Ya en abril de 2009 se anuncian modificaciones: “Nosotros lo que proponemos es que si bien no habrá un ente autárquico, … los especialistas y OCS tengan voz y voto...” (diputado de la Concertación Plural).

Principios de mayo 2009, “no podemos hablar del uso del suelo sin preservar el agua disponible ...”

Llama la atención que los mismos que delegaron sus responsabilidades; desechan conceptos fundamentales – del anteproyecto – y disponen sobre la autoridad de aplicación.

En mayo de 2009, ve la luz la Ley 8051 de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo.

¿El fin de un largo periodo, de un vació legal que facilitaba la preponderancia de intereses particulares?. ¿Dispone Mendoza en forma inmediata de una ley en plena y total vigencia, de un instrumento operativo?

En mi opinión no es así , esto a la luz de los plazos que el texto establece a saber:

La ley estará vigente a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Se concretó el 22.05.09.

Se reglamentará en un plazo de seis (6) meses a partir de la promulgación.

A partir de la promulgación , seis (6) meses para elaborar el Plan Estratégico de Desarrollo de Mendoza que será remitido a la legislatura para su conocimiento.

Desde la remisión indicada del Plan Estratégico de Desarrollo a la legislatura, dentro de un plazo de dieciocho (18) meses para elaborar el Plan Provincial de Ordenamiento Territorial que será elevado a la legislatura para su aprobación.

A partir de la aprobación del plan Provincial Territorial, las comunas tendrán un plazo de doce (12) meses para elaborar sus planes de ordenamiento territorial, que deberán ser remitidos a los Concejos Deliberantes para su aprobación.

Régimen Sancionatorio, deberá estar elaborado en seis (6) meses a partir de la promulgación.

A los plazos indicados hay que agregar el tiempo que lleve la aprobación en legislatura y Consejos Deliberantes.

Invitole comprovinciana/o que haga una estimación de cuanto tiempo demandarán las tareas descriptas. Transcurrieron diecisiete (17) años y no hay un resultado redondo, terminado, operativo.

También se establece la prohibición de excepciones, pues bien ¿qué pasará en el periodo entre el 22.05.09 hasta la plena operatividad de la ley?.

Sobre la autoridad de aplicación, adelanto un parecer, será ejercida por el Poder Ejecutivo, siendo responsable primaria la Secretaria de Medio Ambiente, esto no está dicho claramente.

En este tema aparecen: el Consejo de Estado del Plan Estratégico de Desarrollo (art.8º) conformado por un número indeterminado de miembros pero seguramente multitudinario.

Se aclara en el art. 39º que la Autoridad de Aplicación serán la Secretaria de Medio Ambiente o el organismo que en el futuro la reemplace y los municipios en sus respectivas jurisdicciones.

Se suman en los arts. 40º y 41º el CPOT y la APOT.

El primero – Consejo Provincial de Ordenamiento Territorial – presidido por el Secretario de Medio Ambiente, también presenta una composición numerosa. Es órgano de consulta y dictamen obligatorio. Se destaca el quórum mínimo – en relación al total de integrantes – para dictaminar.

La segunda – Agencia Provincial de Ordenamiento Territorial – es un organismo descentralizado del Poder Ejecutivo provincial - que estará integrada por un Comité Ejecutivo: un presidente y seis vocales.

El CPOT propone una terna al Poder Ejecutivo que selecciona el postulante – con antecedentes técnicos y profesionales en la materia – que deberá contar con el acuerdo del Senado.

Los vocales: uno por el Poder Ejecutivo, tres del sector científico y técnico y dos por los municipios integrantes del CPOT.

Serán responsables personal y solidariamente por sus actos.

Ambos - CPOT y APOT – por vía reglamentaria podrán tener una composición mayor.

Llama la atención: a) Si se considera que hay varios organismos, todos de numerosa composición, tenemos una pequeña multitud. b) A la vez el quórum para que el CPOT dictamine parece exiguo. c) La APOT, que en base al texto pareciera ser la que se hará cargo de día a día de la tarea, es un organismo descentralizado.

La ley tiene 72 artículos y tres anexos; para conocer que se debe entender por descentralizado, hay que remitirse al apartado 20 – el último – del tercer anexo; por el apartado 20: “Las entidades desconcentradas de los órganos públicos centralizados reciben el nombre de organismo administrativos.

Los organismos desconcentrados dependen en todo momento del órgano administrativo al que se encuentran subordinados … dependen directamente del titular de la entidad central de cuya estructura forman parte. La desconcentración es un acto de legislación … (que transfiere) … facultades de un órgano central a los organismos … (que le dependen para que) que la actividad (administrativa) se haga de un modo pronto y expedito. El Organismo administrativo no tiene personalidad jurídica … carece de patrimonio propio, … no formula … presupuesto, … este … es determinado y asignado por el titular de la entidad central de la que depende. Respecto a las facultades administrativas … pueden ser en todo momento, desempeñadas directamente por el órgano central del cual dependen, por lo que no existe un verdadera transferencia de facultades al órgano descentralizado.”

Si esto es así, pareciera excesivo e innecesario hacer pasar por el ritual de las bolillas blancas y/o negras en el Senado al presidente del Comité Ejecutivo de la APOT.

Llama la atención: El marco institucional de la provincia prevee la existencia de Órganos extra poder, por ejemplo la Dirección General de Irrigación (DGI.) que tiene a su cargo el tema del agua. ¿Por qué el suelo no ha recibido un tratamiento igual?.

Por lo expuesto, por el laberíntico proceso previo, por los plazos, por una autoridad de aplicación que no se visualiza claramente; en mi opinión no me parece desatinado tener reservas sobre el resultado final y el futuro del tema.

Desde esa óptica aparecen dos antecedentes que justifican la reserva: a) casos de legislación nonata, b) decisiones de organismos estatales.

Todos merecen que se los deje trabajar, para recién al fin de la labor, se juzgue el resultado final.

Nadie puede pretender que las personas comunes, los mendocinos de a pie, demos un cheque en blanco y no haya un mínimo examen.

Algunos episodios recientes a modo de muestra (la última fecha indicada en cada caso hace referencia a la última información conocida).

LEYES NONATAS (Sin reglamentar, enumeración no taxativa)

Ley nacional 26364, Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a las victimas. Promulgada 29.04.08, sin reglamentar al 17.06.09.

Ley 7841, sobre victimas del delito aprobada 12.02.08, sin reglamentar al 08.06.09.

Ley 7968, sobre comunicaciones telefónicas de los presos, sancionada 05.11.08, promulgada 31.12.08, sin reglamentar al 03.05.09.

Ley 7633, sobre perros peligrosos, sancionada 2006, promulgada 2007, sin reglamentar al 13.06.09.

Ley 7765, sobre bolsas no biodegradables, sancionada en 2004, modificada 2007, sin reglamentar al 11.05.09.

Leyes 7873 y 7834, sobre arbolado público, sancionadas entre junio/julio 2008, sin reglamentar al 11.05.09.

Ley 7173, Registro de Antecedentes de Constructores de Obras Públicas (RACOP), sancionada 2003, reglamentada 2007, se prorroga el plazo de inscripción de empresas hasta
diciembre 2009.

DE SUR A NORTE Y VICEVERSA “NO HAY UN MANSO PA' ACOLLARAR UN CHUCARO”

MALARGÜE, denuncian trabas a las reuniones ambientalistas. Resolución 100/07, aprobada el 31.05.07 art.2º: “Prever que de realizarse en el futuro este tipo de reuniones deberá el Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante, conocer los contenidos y fines de los temas propuestos.”. También denuncian, desde Malargüe, el cierre de la modalidad“Ambiente” en la escuela 4.018.

LUJÁN, el avance urbano sobre tierras cultivadas. “... Luján … perdió el 62% de la superficie agrícola, la que fue reemplazada por la urbana …, de continuar esa tendencia, en las próximas tres décadas se habrá hecho uso de todo el suelo agrícola disponible.” 28.04.09 …. AL MISMO TIEMPO … Luján ya tiene marca propia. … (sus) productos … llevarán el isologo “Luján de Cuyo tierra del Malbec” … “como el obelisco es la insignia de Buenos Aires y la torre Eiffel de París, el Malbec es sinónimo de Luján de Cuyo … (O. Parisi, intendente y agrego) … esa cepa puede encontrarse en otros lugares de Mendoza, pero nosotros somos los únicos que tenemos viñedos de más de 100 años …” {todavía} 08/10.05.09.

*GODOY CRUZ, ampliará la zona urbana sobre el pedemonte … para construir unas 5000 viviendas … (es) un área … (de) 2 kms hacia el Oeste por 6 kms de largo … Secretario de Obras … “Estamos seguros de que urbanizando … con todos los servicios y terminando con la basura, las empresas privadas tendrán interés para invertir en esa zona ...” {1.¿serán terrenos municipales?. 2. sobre la basura me parece recordar una licitación pendiente por una planta de tratamiento de residuos que esta inconclusa, mientras tanto la comuna ha vuelto a llevar sus residuos a un vaciadero a cielo abierto en el pedemonte.}. 26.06.08.



CAPITAL, “El HCD … derogó una ordenanza y dictó una norma especial para permitir la construcción de condominios y edificios en Dalvian sobre el pedemonte. La ordenanza 3687/17389/07 deroga la anterior ...nº 3327/15136/97”. 28.06.07. (intendencia Cichitti).

LAS HERAS, iguales medidas se tomó en este departamento. 28.06.07. El intendente Miranda propicia emprendimientos mineros en el departamento.

OTROS CASOS

PROYECTO ENTE DEL PERILAGO DEL DIQUE POTRERILLOS, envido por el Ejecutivo en 2005, se freno el tratamiento en marzo de 2007, que sea de mi conocimiento, no se volvió a mencionar.

LEY DE PROTECCIÓN DE GLACIARES, vetada por la Señora Presidente.

SAN JUAN, la revista “Rumbos”, el 07.06.09 publicó una nota referida a la actividad minera, la revista no se distribuyo con los ejemplares de los diarios que circulan en San Juan.

Y a Ud. comprovinciana/o, ¿Qué le parece?, ¿Se justifican mis recelos?. Ojala deba desecharlos.

OTRO SI DIGO. Hay quienes parecen olvidar que fue nuestro Presidente Dr. Arturo U. Illia – el presidente bueno – quien mediante el decreto nº 1574, de 1963, instituyo el DIA DE LA CONSERVACIÓN DEL SUELO, el 07 de julio; recurso nacional básico e imprescindible para garantizar el bienestar de todos los habitantes de la nación.

Es un mandato bíblico: Honrar a nuestros mayores. … Y proteger al compatriota.


Julio Irrazabal
LE. 8152370


FUENTES:

Ley 8051, Boletín Oficial, 22.05.09

“Los Andes”: 28.06.07; 13.08.07; 28.05.08; 26.04.09; 28.04.09; 03.05.09; 06.05.09; 15.05.09; 13.06.09; 17.06.09; 28.06.09.

“Uno”: 26.06.08; 30.04.09; 09.05.09; 10.05.09; 11.05.09; 08.06.09; 13.06.09; 18.06.09.

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¡BIENVENIDOS, GRACIAS POR ARRIMARSE!

Me atrevo a interpelar, por sentirlos muy cercanos, por más que las apariencias parecieran indicar lo contrario; insisto en lo de la cercanía, por que estamos en el mismo bote – que hace agua - , tenemos pesares, angustias y problemas comunes, recién después vienen las diferencias.

La idea es dialogar, hablar de nuestras cosas, hay textos que nos proporcionan la información básica – no única-, solo es una propuesta como para empezar. La continuidad depende de Ustedes, un eventual resultado adicional depende de todos.La idea es hablar desde un “nosotros” y sobre “nuestro futuro” desde la buena fe, los problemas exigen soluciones que requieren racionalidad, honestidad intelectual que jamás puede nacer desde la parcialidad, la mezquindad, la especulación.

Encontraran en “HASTA EL PELO MÁS DELGADO ...”, textos y opiniones sobre una temática variada y sin un orden temporal, es así no por desorganizado, sino por intención – a Ustedes corresponde juzgar el resultado -.Como no he vivido en una capsula, ya peino canas, tengo opiniones y simpatías, pero de ninguna manera significa dogmatismo, parcialidad cerrada.Soy radical (neto sin adiciones de letras ninguna), pero no se preocupen no es contagiosos … creo, solo una opción en el universo de las ideas argentinas. Las referencias al radicalismo están debidamente identificadas, depende de Ustedes si deciden “pizpear” o no.

El acá y ahora, el nosotros y el futuro constituyen la responsabilidad de todos.Hace más de cuatro décadas, en mi lejana secundaria, de una pasadita que nos dieron por Lógica, recuerdo el Principio de Identidad, era más o menos así: “Si 'A' no es 'A', no es 'A' ni es nada”, por esos años me pareció una reverenda huevada, hoy lo tomo con mucho más respeto y consideración. Variaciones de los mismo: no existe un ligero embarazo; no se puede ser buena gente los días pares.

Llegando al Bicentenario – y aunque se me tildé de negativo- siento que como pueblo, desde 1810, hemos estado paveando … a vos ¿qué te parece?. En algún momento perdimos el rumbo y ahí andamos “como pan que no se vende. Cuentan que don Ángel Vicente Peñaloza decía: “Como ei de andar, en Chile y di a pie, cuando hay de que no hay cunque, cuando hay cunque no hay deque”.

De tanto mirarnos el, ombligo y su pelusa, tenemos un cerebro paralitico, cubierto de telarañas y en estado de grave inanición. Padecemos una trágica concurrencia de factores que nos impiden advertir – debidamente -, este, nuestro triste presente y lo que es peor aún, nos va dejando sin futuro.

A los malos, los maulas, los sotretas, los villanos, los mala leche, los h'jo puta, los podemos enfrentar pero … ¿qué hacemos con los indiferentes, con los que solo se meten en sus cosas, y no advierten que el nosotros y el futuro por más que sean plurales son cosas personalisimas? Y luego dicen que quieren a sus hijos y su familia; ¡JA!, ¡doble JA!, ¡triple JA! (il lupo fero).

¡¡EL REY ESTÁ EN PELOTAS!!, dijo el niño de la calle, hijo de padre desconocido y madre ausente, ese niño es mi héroe favorito.

¿QUÉ ES PEOR LA IGNORANCIA O LA INDIFERENCIA?

¡¡NO LO SÉ Y NO ME IMPORTA!!

El impertinente, el preguntón es nuestra esperanza, nuestro “Chapulin Colorado”.

Mis querido “Chichipios” - diría don Tato- no olviden que además de ver el vaso medio vació o medio lleno, hay que saber que contiene – sino que le pregunten a Socrates - ¡Bienvenidos! Adelante. Julio


Mendoza, 11 de noviembre de 2009.