JUBILACIONES Y LA ECUACIÓN
SOCIAL
Jubilaciones, en el eje del debate
El anuncio de la suba de haberes de marzo vino con una fuerte polémica
por un cambio que se pretendió hacer; la historia y la situación del sistema de
actualizaciones que quedará sujeto a una reforma
LA NACION DOMINGO 19 DE FEBRERO
DE 2017
De qué manera garantizar que el ingreso cobrado
por primera vez por quien se jubila no pierda con el tiempo su valor, es la
cuestión de fondo que está detrás del debate que ganó protagonismo en los
últimos días.
El tema de la movilidad jubilatoria, de hecho, se ubicó en el eje
de las noticias luego de que, el miércoles pasado, la Anses anunció la
intención oficial -frustrada por la reacción política adversa tanto de la
oposición como de sectores del propio oficialismo- de modificar la
reglamentación que rige para aplicar la fórmula prevista por la ley 26417 para
calcular qué porcentaje de recomposición deben recibir los ingresos.
Por la vigencia de esa norma, a partir de marzo de 2009 las
prestaciones del sistema jubilatorio nacional que gestiona la Anses se
actualizan en los meses de marzo y septiembre de cada año en función del
resultado de una fórmula matemática que contempla la variación de los salarios
y de los recursos impositivos que recibe el organismo previsional para hacer
frente a los pagos.
La historia de la ley de movilidad
demuestra cómo muchas jubilaciones fueron usadas como variable de ajuste
durante varios de los años inflacionarios que siguieron a la grave crisis de
inicios de este siglo.
El debate y la aprobación de la norma llegaron tiempo
después de que la Corte Suprema de Justicia les ordenó a los poderes Ejecutivo
y Legislativo poner en marcha un mecanismo de ajustes para los haberes.
Esa sentencia fue dictada en 2006,
pero meses después, ya en 2007 y sin ley alguna, los jueces declararon, en la
resolución de la demanda del jubilado Adolfo Badaro, la inconstitucionalidad de
la decisión política que habían tomado los gobiernos de Eduardo Duhalde y
Néstor Kirchner, de dejar congelados entre 2002 y 2006 los ingresos de cientos
de miles de pasivos que cobraban más que el haber mínimo (en muchos casos, con
haberes igualmente bajos).
Y resolvieron que el Estado debía aplicar una
actualización, en lo referido a ese período, equivalente a la variación de un
índice de salarios.
En octubre de 2008 la ley de
movilidad fue aprobada sin que se previera hacer correcciones hacia atrás.
Y
hubo en los años siguientes una cantidad récord de juicios contra el Estado.
También aportó a la elevada litigiosidad otra cuestión sobre la que la Corte se
expidió a favor de los jubilados.
Ocurre que, cuando alguien se jubila, una de
las variables que integran la fómula de cálculo del haber inicial es el
promedio salarial de los últimos 120 meses en los que se hicieron aportes.
Cuando los jueces resolvieron la demanda que el jubilado Alberto Elliff había
presentado sobre punto, dijeron que los valores históricos de esos ingresos
debían actualizarse debidamente, porque de lo contrario se subestima el haber.
A partir de la ley de movilidad, la
actualización de salarios se hace aplicando los mismos porcentajes con los que
suben las jubilaciones.
Por eso, según advierte el abogado y consultor
internacional en seguridad social, Alberto García Rapp, cualquier cambio en el
índice como el planteado esta semana tendría impacto no sólo para los jubilados
actuales, sino también para los del futuro.
O, al menos para quienes están
próximos a jubilarse (el Gobierno está planteando una reforma integral de la
ley jubilatoria hacia 2019, con lo cual podría cambiar tanto el cálculo del
haber inicial como la movilidad).
"Eso es algo que no habría que perder de
vista", dice García Rapp, quien señala que en la historia de nuestro país,
el nivel de judicialidad del sistema previsional estuvo vinculado al desfase
entre inflación y monto de las jubilaciones.
De hecho, las grandes causas de
los litigios tienen en su centro a la cuestión de la movilidad.
La mayoría de
los litigantes, de hecho, son quienes piden que a sus ingresos se les apliquen
los criterios de las mencionadas causas de Badaro y Elliff.
Además, el ajuste
de los haberes según los lineamientos expuestos en esos dos fallos es el
espíritu con el que surgió el plan de reparación histórica que puso en marcha
la Anses y que promueve acuerdos entre jubilados y el Estado para intentar
reducir la litigiosidad, logrando que se desista de causas en trámite o
evitando que se inicien nuevas.
¿Cómo fue
la relación entre inflación y aumentos de jubilaciones?
En el momento de la
puesta en marcha del sistema de la movilidad, las jubilaciones mínimas habían
sido incrementadas en mayor medida que la variación de precios, pero para quienes
ganaban algo más (por haber aportado más) la pérdida de poder adquisitivo (que
sólo puede recuperarse vía acción judicial o, ahora, con el plan de reparación
histórica) había llegado a ser de hasta el 40%.
A partir de allí, de los 8 años
con aplicación de la ley de movilidad, hubo 6 en los que los ajustes superaron
al incremento promedio de los precios, si se sigue el índice de inflación de
las consultoras privadas difundido por legisladores en el Congreso.
El año con mayor brecha positiva
para los jubilados, si se tiene en cuenta la diferencia en puntos porcentuales,
fue 2011, con un aumento de haberes de 37,06% (es el acumulado entre las subas
de marzo y septiembre) y una inflación de 22,43%.
El año previo, la diferencia
había sido más modesta: las variables fueron de 26,5% y de 24,93%
respectivamente.
El hecho de que la movilidad le ganara a los precios en esos
años es una consecuencia de que el índice no está directamente atado a la
inflación "sino al promedio de salarios y a los recursos disponibles del
Estado", según afirma el abogado previsionalista Adrián Tróccoli.
Claro que hubo también dos años en
los que el saldo resultó negativo: 2014 y 2016.
En el primer caso, las
jubilaciones subieron en total un 30,47% contra un alza de precios promedio de 38,49%.
Y el año pasado el alza de los ingresos fue de 31,68%, también muy por debajo
de la inflación, estimada en el 40,71%.
La caída de poder adquisitivo en
2016 fue una de las cuestiones que hizo ver como más inoportuna la decisión del
Gobierno de hacer en estos días una corrección en el cálculo.
Más allá de la
búsqueda de exactitud (y del efecto fiscal, ya que según surge de estimaciones
oficiales el Estado se habría ahorrado $ 3000 millones), lo cierto es que la
reformulación daba un resultado a la baja para la actualización de ingresos, en
un contexto de caída del poder de compra.
Finalmente, con la cuenta hecha tal
como se venía haciendo antes, la suba de marzo será de 12,96% en lugar del
12,65% anunciado inicialmente por la Anses.
Para Tróccoli, la cuestión técnica
vinculada a la malograda modificación "debe ser corregida", pero no
de la forma y en la oportunidad en que se quiso hacer.
"Desde el cambio de
Gobierno se han intentado regularizar políticas de Estado referidas a los jubilados
con buenas intenciones, pero algunas medidas parecen olvidar que las
jubilaciones son demasiado bajas para que sean la variable de ajuste",
dice el abogado.
El error que, según los
funcionarios, se cometió hasta ahora en el cálculo, está referido a cómo se
calcula la variación que tuvo la cantidad de recursos tributarios que recibe la
Anses para pagar jubilaciones (en gran medida el sistema depende del IVA,
Ganancias y otros impuestos).
Esa variable se incluyó para que el compromiso de
actualizar haberes esté vinculado, además de a los salarios, a los recursos.
El
problema, describe Tróccoli, es que como hay impuestos con base anual (su
vencimiento es una vez al año y el cobro se concentra en una época, más allá
del pago de anticipos), resulta imposible calcular variaciones semestrales
"como ordena la ley de movilidad".
Lo que ordena hacer la
reglamentación vigente, agrega en coincidencia con la explicación oficial,
arroja un resultado que no refleja fielmente lo ocurrido con la variación de
recursos.
¿Qué hacen otros países?
Una cuestión que saltó a la vista
en estos días es la complejidad de la fórmula de actualización.
La polinomia
puede tener sus ventajas, sobre todo con alta inflación, pero en el mundo no es
usual tener sistemas así.
"Las pensiones tienen casi
siempre movilidad y el índice depende del objetivo o de la visión que tenga el
país", cuenta Rafael Rofman, líder del Programa para la Educación, la
Salud, la Protección Social, el Trabajo y la Pobreza, América Latina y el
Caribe del Banco Mundial.
Así, según describe el
funcionario, existen tres ideas guías: la primera es la de asegurar que las
personas mantengan su capacidad de consumo y, en este caso, el índice de
precios al consumidor es la variable más utilizada. Es el caso de Francia o Italia
El segundo criterio es el que
surge de entender que la jubilación es una sustitución del ingreso laboral;
entonces, la lógica indica seguir la evolución de un índice salarial.
Ejemplos
de este tipo de movilidad son Dinamarca y Holanda.
El tercer criterio es el de los
países que deciden compartir con los jubilados las mejoras en la productividad
de sus economías.
Eso es lo que hizo hasta hace un tiempo Suecia, según cita
Rofman, al ajustar las pensiones según la variación del PBI por habitante.
Y es
lo que hacen Portugal y Grecia, aunque en estos casos incluyendo la variable en
una fórmula que considera también lo que ocurre con los precios.
"Los países tratan de hacer
algo simple y que genere expectativas claras", resume Rofman, quien cree
en la validez de poner el tema en debate.
¿Una meta? Que sea más simple y
entendible para todos.
Fuente
“La Nación”, 19.02.2017
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