Abrirán sumarios internos para investigar cómo actuaron funcionarios de Echegaray
"La operatoria que benefició a López pasó por varias dependencias [de la AFIP]. Eso sólo es posible por una decisión que llegó de arriba, aunque no haya una orden plasmada por escrito", indicó una fuente del organismo tributario a LA NACION.
"Es evidente que se trató de una política que llevó a varios funcionarios a actuar del mismo modo", argumentó.
Uno de los puntos que más llaman la atención a las nuevas autoridades de la AFIP es que los responsables del organismo no reclamaron durante años por la deuda que acumuló la petrolera Oil Combustibles, controlada por López y su socio Fabián de Sousa.
La deuda, concentrada en el impuesto a la transferencia de los combustibles (ITC), debió conllevar de manera automática la puesta en marcha de los procesos de ejecución fiscal.
Pero eso no ocurrió durante años, según reveló LA NACION en su edición de este domingo
En esa línea, el sistema informático de la propia AFIP debió disparar las boletas de deuda para su pago inmediato por Oil Combustibles y, de no abonarse, derivar en el embargo pago de la deuda o el eventual concurso de la petrolera.
Pero eso no ocurrió.
Así, mientras las otras cuatro grandes petroleras que operan en el país -Shell, Petrobras, Axion e incluso la YPF ya bajo el control del Estado nacional- pagaron el ITC sin márgenes para retener sus pagos, Oil Combustibles acumuló más de $ 7400 millones.
Este procedimiento automático sólo pudo evitarse, al decir de un abogado tributarista que consultó LA NACION, por una "orden ilegal", aunque sea verbal, que debió repetirse cada mes, cuando ante un nuevo incumplimiento del pago del ITC debió dispararse, otra vez de manera automática, otro reclamo de pago de esa deuda.
Cadena de funcionarios
En esa línea, las nuevas autoridades de la AFIP apuntan a Echegaray, aunque no sólo a él, dada la cadena de funcionarios que dejaron que Oil Combustibles retuviera impuestos durante años."Aquí debe haber habido una orden directa -que no puede ser sino de Echegaray- que, de modo consecutivo y por varios meses seguidos en varios años, detuvo ejecuciones fiscales y embargos que debieron llevarse adelante a razón de, por lo menos, uno por mes -es decir, si son tres años, al menos debió haber unos 36 juicios de ejecución", planteó el tributarista.
Esa orden, si se llevó adelante, es "completamente ilegal", planteó el tributarista, pues supone una actuación de la AFIP dirigida a no aplicar -derogar, en la práctica- las normas de la ley 11.683 que referí.
Sería no sólo un incumplimiento de los deberes de funcionario público, sino la connivencia estatal en el fraude al fisco disponiendo la no aplicación de facto de las normas legales aplicables".
El contraste entre la actuación que mostró la AFIP frente a Oil Combustibles contrasta con la que adopta frente a cualquier otro contribuyente.
Si éste presenta una declaración jurada con un saldo a pagar de $ 10.000, el organismo requiere un embargo.
Si aun así el contribuyente no abona su deuda, la AFIP avanza con el pedido de concurso o quiebra.
Y si se acoge a un plan de pagos también debe cancelar un 5% en honorarios del fisco por la ejecución iniciada.
Por eso, ahora dentro de la AFIP quieren revisar la operatoria puertas adentro del propio organismo.
fuente
"La Nación", 15.03.2016
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