12 mar 2020

JUSTICIA Y… LA MARTINGALA






JUSTICIA Y…
LA MARTINGALA






El proyecto de ley de jubilaciones de jueces tiene una trampa escondida


Luis René Herrero PARA LA NACION
12 de marzo de 2020


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¡Alerta roja! 

El proyecto de modificación de la ley 24.018, de jubilación de los jueces, conlleva una falacia y una verdad oculta.
La falacia : El déficit que, según el Gobierno, produciría la ley 24.018 motivó la decisión política de reducir los derechos de sus destinatarios (magistrados y funcionarios de la justicia nacional y de las provincias adheridas).

Pero al déficit del sistema "contributivo" que administra la Anses (destinado a los trabajadores que aportaron) no lo produjo ni la ley 24.018 ni ninguna otra parecida, sino la violación sistemática del artículo 187 de la ley 24.241 (Régimen previsional general), que establece: "A partir de la sanción de la presente ley, el pago de las prestaciones no contributivas se atenderá por rentas generales".

De 6,9 millones de jubilaciones y pensiones que paga la Anses, 3,6 millones fueron obtenidas con "moratorias" (que, según el artículo 187, debieron haberse atendido con rentas generales)

Las jubilaciones mínimas equivalen al 65% del padrón: 7 de cada 10 jubilados que perciben la jubilación mínima la obtuvieron con moratorias

Además, la Anses destina por año $60.000 millones al pago de la AUH (prestación "no contributiva", que debió atenderse por rentas generales), que alcanza a 4 millones de niños; también la Anses financia una veintena de planes sociales (prestaciones no contributivas), como los programas "Hogar", "Reparación para hijos víctimas de violencia familiar", "Plan Progresar", "Becas para todos los niveles de estudios", "Pensión universal para el adulto mayor", etcétera.

De esta manera, todos los gobiernos que se sucedieron a partir de la salida de la convertibilidad desfinanciaron el sistema contributivo y achataron, en perjuicio de los trabajadores que aportaron, la pirámide previsional , tal como lo expresó la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa "Badaro, Adolfo Valentín" (2007) , con la trágica consecuencia de que los pobres (es decir, los jubilados que aportaron al sistema contributivo) financian a los pobres que no contribuyeron a su sostenimiento (los excluidos, los desempleados, los indigentes, las víctimas de la destrucción sistemática de la "cultura del trabajo")

Esta "injusticia social" contra los trabajadores aportantes es lo que pretendió evitar el artículo 187 de la ley 24.241, al imputar a rentas generales los pagos de las prestaciones "no contributivas"

La verdad oculta : La pretendida derogación del artículo 16 de la ley 24.018 (a propuesta del diputado Leopoldo Moreau) termina con la "carga pública" que pesa sobre los jueces jubilados, de presentarse cuando fueren convocados por las respectivas cámaras para cubrir vacancias transitorias en ambas instancias, hasta la designación del juez titular (algo que puede demorar años)

Esta "carga pública" (lo contrario a un privilegio) evita que la justicia se paralice mientras en el Consejo de la Magistratura "politizado" se demoran las designaciones de los nuevos jueces, algo que es público y notorio (las demoras suelen ser de dos, de tres y hasta de cinco años).

Los jueces subrogantes jubilados, al no estar concursando ni integrar ternas (porque concluyeron su carrera judicial), no necesitan subordinarse a los políticos de turno. 

Los secretarios subrogantes (la mayoría concursantes que aspiran ser designados jueces) carecen, en principio, de esta independencia (se hace difícil pensar que fallarían en contra del Gobierno que los debe nombrar como jueces titulares)

Es evidente que el objetivo inconfesable que busca el Gobierno con la derogación del artículo 16 de la ley 24.018 (que instituyó el "estado judicial"), es evitar que retornen a la Justicia para cubrir estas vacantes transitorias, como jueces subrogantes, los "Bonadios" que se hubieran jubilado (que me perdone el fallecido colega), es decir, los que los procesaron o mantuvieron como "presos políticos", y no como "políticos presos"

El gobierno procura, con esta derogación del artículo 16, designar él mismo a los jueces subrogantes (secretarios o abogados de la matrícula), especialmente en la justicia penal, que es la que más le interesa.


El objetivo inconfesable que busca el Gobierno con la derogación del artículo 16 de la ley 24.018 (que instituyó el "estado judicial"), es evitar que retornen a la Justicia para cubrir estas vacantes transitorias, como jueces subrogantes, los "Bonadios" que se hubieran jubilado, es decir, los que los procesaron o mantuvieron como "presos políticos" y no como "políticos presos"


El "estado judicial" que establece el artículo 16 de la ley 24.018, le impone al juez la "carga pública" de aceptar una convocatoria a cubrir una vacancia transitoria que no le reporta ningún beneficio económico

Por el contrario, si no aceptara sin tener un motivo fehacientemente acreditado (por ejemplo, una enfermedad), podría ser sancionado con la privación de su régimen jubilatorio especial. 
El riesgo de destrucción de la justicia, como puede advertirse de lo anterior, es inmenso, si se repara en que hay en la actualidad un 40% de cargos vacantes de jueces.
El poder político había intentado politizar y dominar el Consejo de la Magistratura mediante la patética ley de "democratización de la justicia", la 26.855 (Boletín Oficial del 24 de mayo de 2013), que la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional en la causa "Rizzo, Jorge Gabriel" (sentencia del 18 de junio de 2013). 

Hoy pretende hacer lo mismo, pero no con el Consejo de la Magistratura, sino con la justicia en general, mediante la eliminación del "estado judicial de los jueces", institución que fue establecida para evitar la paralización de la justicia por falta de cobertura de las vacantes transitorias que se producen en forma permanente, y también para evitar las graves consecuencia que esta paralización irrogaría a las partes, esto es, la conculcación de las garantías de la tutela judicial efectiva y el debido proceso legal.
En definitiva, la que perdería con la "impunidad" que en última instancia se pretende lograr si la derogación del artículo 16 de la ley 24.018 se concretara, sería la sociedad en su conjunto.
El autor fue juez de la Cámara Federal de la Seguridad Social 


Fuente
“LA NACIÓN”, 12.03.2020





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Me atrevo a interpelar, por sentirlos muy cercanos, por más que las apariencias parecieran indicar lo contrario; insisto en lo de la cercanía, por que estamos en el mismo bote – que hace agua - , tenemos pesares, angustias y problemas comunes, recién después vienen las diferencias.

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Encontraran en “HASTA EL PELO MÁS DELGADO ...”, textos y opiniones sobre una temática variada y sin un orden temporal, es así no por desorganizado, sino por intención – a Ustedes corresponde juzgar el resultado -.Como no he vivido en una capsula, ya peino canas, tengo opiniones y simpatías, pero de ninguna manera significa dogmatismo, parcialidad cerrada.Soy radical (neto sin adiciones de letras ninguna), pero no se preocupen no es contagiosos … creo, solo una opción en el universo de las ideas argentinas. Las referencias al radicalismo están debidamente identificadas, depende de Ustedes si deciden “pizpear” o no.

El acá y ahora, el nosotros y el futuro constituyen la responsabilidad de todos.Hace más de cuatro décadas, en mi lejana secundaria, de una pasadita que nos dieron por Lógica, recuerdo el Principio de Identidad, era más o menos así: “Si 'A' no es 'A', no es 'A' ni es nada”, por esos años me pareció una reverenda huevada, hoy lo tomo con mucho más respeto y consideración. Variaciones de los mismo: no existe un ligero embarazo; no se puede ser buena gente los días pares.

Llegando al Bicentenario – y aunque se me tildé de negativo- siento que como pueblo, desde 1810, hemos estado paveando … a vos ¿qué te parece?. En algún momento perdimos el rumbo y ahí andamos “como pan que no se vende. Cuentan que don Ángel Vicente Peñaloza decía: “Como ei de andar, en Chile y di a pie, cuando hay de que no hay cunque, cuando hay cunque no hay deque”.

De tanto mirarnos el, ombligo y su pelusa, tenemos un cerebro paralitico, cubierto de telarañas y en estado de grave inanición. Padecemos una trágica concurrencia de factores que nos impiden advertir – debidamente -, este, nuestro triste presente y lo que es peor aún, nos va dejando sin futuro.

A los malos, los maulas, los sotretas, los villanos, los mala leche, los h'jo puta, los podemos enfrentar pero … ¿qué hacemos con los indiferentes, con los que solo se meten en sus cosas, y no advierten que el nosotros y el futuro por más que sean plurales son cosas personalisimas? Y luego dicen que quieren a sus hijos y su familia; ¡JA!, ¡doble JA!, ¡triple JA! (il lupo fero).

¡¡EL REY ESTÁ EN PELOTAS!!, dijo el niño de la calle, hijo de padre desconocido y madre ausente, ese niño es mi héroe favorito.

¿QUÉ ES PEOR LA IGNORANCIA O LA INDIFERENCIA?

¡¡NO LO SÉ Y NO ME IMPORTA!!

El impertinente, el preguntón es nuestra esperanza, nuestro “Chapulin Colorado”.

Mis querido “Chichipios” - diría don Tato- no olviden que además de ver el vaso medio vació o medio lleno, hay que saber que contiene – sino que le pregunten a Socrates - ¡Bienvenidos! Adelante. Julio


Mendoza, 11 de noviembre de 2009.