MENDOZA / SUPREMA CORTE
¿EQUIPARAMIENTOS, EL FIN?
Viernes,
6 de marzo de 2020
Suárez exige a la Corte que
baje en 30 días los sueldos altos
La iniciativa otorga 30 días, después de la
aprobación de la Ley, para que la Justicia elimine los cargos de 78 empleados.
Por Gabriela N. Sánchez
Con la mira puesta en el Poder Judicial, finalmente Rodolfo Suárez envió al
Senado el proyecto para prohibir la equiparación de cargos que produce
que empleados que no son magistrados cobren altísimos sueldos.
Puso
plazos: desde la sanción, la Suprema Corte tendrá 30 días para regularizar la
situación (es decir bajar salarios) y 60 días para rendir cuentas de los
ahorros.
Aunque en el primer artículo se establece que la norma alcanza a los tres
poderes, la iniciativa va directo contra la Justicia porque es donde
hay 78 funcionarios con los sueldos equiparados a los de un juez de primera
instancia (56 de la Suprema Corte de Justicia, 20 del Ministerio
Público Fiscal y 2 del Ministerio Público de la Defensa).
En otras
reparticiones como el Tribunal de Cuentas y Fiscalía de Estado no existen este
tipo de equiparamientos salariales.
Así lo reconocieron desde el Ejecutivo.
“No hemos detectado estas irregularidades en otras oficinas pero entendemos que
es un principio general que debe estar presente en todos los poderes del
Estado”, explicó el ministro de Gobierno, Víctor Ibáñez.
El
proyecto nació tras conocerse que la secretaria del presidente de la Suprema
Corte, Jorge Nanclares, cobra $ 400 mil por mes, más que algunos supremos.
A raíz de esta asimetría, los
letrados de la Casa de Gobierno escribieron en dos días 6 artículos que buscan
suprimir los cargos administrativos o de apoyo que se equiparan a un magistrado
y que tienen ciertos beneficios como no pagar ganancias.
“Una vez
que se supriman los cargos, los empleados deberán volver al lugar del escalafón
que les corresponde”, indicó
Ibáñez.
Pero,
¿qué pasa si el funcionario se niega?
Según el artículo 4, se aplicará el
artículo 17 del Estatuto del Empleado Público.
“Se colocará al personal en
disponibilidad y se lo indemnizará”, aclaró Ibáñez.
El proyecto aclara que hay una serie de funcionarios que quedarán
exceptuados de la prohibición.
Según explicó el ministro, se
trata de los secretarios y prosecretarios de los jueces que actualmente
concursan para obtener el cargo.
¿Es inconstitucional?
Desde el Ejecutivo se mostraron optimistas asegurando que la letra del
proyecto se ajusta a la Constitución y a los principios del derecho.
“El
proyecto prohíbe la asimilación de cargos y emplaza a todos los organismos que
tengan estas asimilaciones a que cesen en las mismas por imperio de la ley, es
decir que, al ser ilegal e ilegítima, no puede haber derechos adquiridos”, explicó Suárez en el desayuno
de las Reinas de la Vendimia.
“Los
actos jurídicos del Estado deben ser legales y legítimos y esto es ilegal por
donde se lo mire. Cuando uno cobra menos por una labor que tiene que cobrar
más, puede recurrir a la Justicia, eso es un principio básico”, agregó.
En el
mismo sentido, Ibáñez dijo que “no se trata de un derecho adquirido”
porque las equiparaciones se hicieron con Acordadas y los empleados no cumplen
con los requisitos para ser magistrados (ser abogados, concursar en el Consejo
de la Magistratura, ser parte de la terna elegida por el Gobernador y conseguir
el acuerdo del Senado).
Además,
explicó que las Acordadas son resoluciones para ordenar el Poder Judicial
puertas adentro.
Son instrumentos similares a los decretos autónomos del
Ejecutivo y a los reglamentos del Legislativo.
Por lo tanto, están por debajo
de las leyes.
Desde el PJ aseguraron que estudiarán el proyecto porque implica a la
Constitución y principios jurídicos como la retroactividad, la legalidad y la
razonabilidad.
De todas formas, el oficialismo tiene los votos
suficientes para aprobar la ley en las dos Cámaras.
Fuente
“LOS ANDES”, 06.03.2020
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