Tanto, que este miércoles una multitud se dio cita y desbordó la Plaza de Mayo y sus alrededores, en clara expresión de repudio a la sentencia.
Horas antes -y tras haber tomado nota de la bronca popular- el Senado envió un contundente gesto político al Poder Judicial: transformó en ley la limitación de la aplicación del "2x1" a represores de la dictadura militar.
La pregunta que surge de cara a lo que pudiere venir es el alcance que tendrá esta normativa en el terreno legal.
De acuerdo con especialistas consultados por iProfesional, la modificación impulsada en el Congreso sirve como respaldo político para los tribunales inferiores.
Sin embargo, aclaran que no tiene alcances jurídicos.
Así las cosas, el polémico "fallo Muiña" - votado por Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti-, está plenamente vigente.
Más aun, continúa siendo un peligroso antecedente en el que pueden ampararse muchos represores para volver a caminar libremente por las calles.
Además -recordaron todos los expertos consultados por iProfesional-, en la Argentina rige la división de poderes.
Los especialistas hicieron hincapié en que los integrantes de la Corte que votaron a favor del 2x1 basaron su postura en que los legisladores que años atrás habían votado la ley 24.390 -vigente entre 1994 y 2001- no especificaron a quiénes alcanzaba la normativa.
Por eso -sostienen los juristas - es la propia Corte Suprema la única que puede modificar la situación en el plano jurídico, más allá de que no sea una cuestión sencilla de resolver.
Galimatías y críticas
Tres jueces (Rosenkrantz, Highton de Nolasco y Rosatti) decidieron aplicar al represor Luis Muiña el beneficio de la llamada "Ley Penal más benigna".
¿Qué significa? Que en caso de que pudieren ser aplicables dos leyes, se debe priorizar aquella que le resulte más favorable a una persona, desde el momento en que se cometió el delito hasta la ejecución de la pena.
Sin embargo, destacan todos los juristas, en los crímenes de lesa humanidad ese criterio no puede traducirse en impunidad, amnistía, indulto o una conmutación de la pena.
Eso es lo que estaría sucediendo y ha sido el criterio adoptado por Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, que votaron en contra de otorgarle a Muiña el 2x1.
De igual modo lo entendieron los tribunales de Tucumán y San Juan, que declararon que otorgar ese beneficio a represores sería inconstitucional.
¿Por qué? Entre otras cosas, porque así lo establece la jurisprudencia de la Corte y del sistema interamericano de DD.HH.
A eso se suma el hecho de querer aplicar una ley más benigna cuando, en realidad, no se da el supuesto para ello.
Es que al momento de cometerse el delito dicha ley no existía.
Quién es Muiña
El represor Luis Muiña fue condenado como coautor del delito de "privación ilegal de la libertad", agravado por el uso de violencia, amenazas e imposición de tormentos contra cinco personas.
Estuvieron secuestradas en el centro clandestino de detención, conocido como "El Chalet", que funcionó en el Hospital Posadas, en Haedo, durante la última dictadura cívico-militar.
Según la condena, Muiña formaba parte del autodenominado grupo "SWAT", un comando paramilitar interno del Posadas.
Por los crímenes de lesa humanidad, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal lo condenó en el 2011 a 13 años de prisión, junto con el ex presidente de facto, Reynaldo Bignone, y el ex jefe de la Brigada aérea de Palomar, Hipólito Mariani.
Salidas
Ante el actual escenario, los especialistas remarcaron que la Corte tiene una acotada cantidad de alternativas para modificar el "fallo Muiña", si bien ninguna es sencilla.
1.- Una posibilidad es esperar que le llegue (es decir, luego de superar todas las instancias judiciales previas) otro caso en el que un represor haya solicitado el "2x1".
De este modo, podría sentar un nuevo precedente, "encapsulando" así el caso del escándalo para evitar que siga deslegitimándose la imagen de la Corte, algo que ya reflejan las encuestas.
2. - Otra posibilidad es que tome como válida la modificación de la ley 24.390 realizada por el propio Congreso, al considerarla como una "interpretación auténtica" hecha por el mismo órgano que emitió la ley utilizada para beneficiar a Muiña.
Es decir, la decisión del Parlamento podría ser vista como una invitación para que el Tribunal Supremo revea su criterio.
Esto, claro está, siempre y cuando la Corte tenga voluntad de modificar suposición.
Para sustentar esta desconfianza se centran en una sentencia previa al caso Muiña, en la que quedó reflejado el intento de desacople del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, del que la Argentina forma parte.
Ese fallo, que contó con el voto de Lorenzetti, hace pensar a muchos que en dicha sentencia se dejó establecida la base para despejar el camino para el "2x1" a represores, ya que cualquier apelación a la CIDH carecería de peso jurídico.
La modificación de la norma establece que el 2x1 previsto en el artículo 7° de la ya derogada ley 24.390, "no es aplicable a delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra".
En su segundo artículo sostiene que será válida "sólo en aquellos casos en los que el condenado hubiera estado en prisión preventiva durante la vigencia de la ley", entre 1994 y 2001.
El tercer artículo señala que lo dispuesto en los dos anteriores es "la interpretación auténtica" del "dos por uno" y que resultará válido aun para las causas en trámite.
El Senado aprobó estos cambios por unanimidad, con 56 presentes que validaron la iniciativa.
Por ahora, la aplastante mayoría con la que fue aprobada la ley en ambas cámaras -sumado a la multitud que se volcó a las calles- servirá de "dique moral" para evitar que la Corte y los tribunales inferiores decidan dejar en libertad a quienes violaron los derechos humanos durante la última dictadura cívico-militar.
Una encuesta de Analogías refleja el impacto del fallo en la sociedad:
- El 74% de los consultados está al tanto de la polémica sentencia
- Un contundente 86% manifestó su claro rechazo al fallo de la Corte
- Sólo el 10% se mostró a favor
La encuesta también reveló que más del 60% tiene una valoración negativa de los miembros del Tribunal Supremo.
Hasta el presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, expresó que "desde el punto de vista político, la Corte evidentemente quedó herida".
Relaciones de poder
En el mundillo judicial, no hay una postura unánime respecto de cómo se llegó al fallo del escándalo.
Están quienes se inclinan por creer que la votación -que culminó 3 a 2-no hizo otra cosa que evidenciar la disputa de poderes que hay dentro del Máximo Tribunal desde que se incorporaron los dos nuevos integrantes.
Entre las especulaciones, no faltan aquellos especialistas que consideran que el Gobierno pudo haber influido en la gestación del fallo.
Si bien el secretario de DD.HH, Claudio Avruj, fue uno de los funcionarios que en una primera instancia respaldó la resolución cortesana, desde la Casa Rosada luego criticaron la decisión suprema.
Dentro de este grupo están los que recuerdan que el Presidente rechazó la sentencia recién una semana después de haberse conocido, cuando el malestar ya había escalado y era generalizado.
Al ser consultado sobre este punto, Pinedo declaró que el Presidente no quería inmiscuirse en temas inherentes a otro poder del Estado.
Hay otra versión, sobre la que se recuestan quienes integran el Poder Judicial y conocen sus intrigas, que da cuenta de que no hubo ninguna puja de poder.
Esta versión le quita injerencia a Rosenkrantz y, al mismo tiempo, alimenta las sospechas al recordar que Lorenzetti fue quien habilitó el tratamiento y que al hacerlo advirtió su posición.
Tanto en un escenario como en otro, la conclusión es la misma para quienes hacen el análisis político interno del Máximo Tribunal.
También resulta claro quién puede ser el principal perdedor: la sociedad, ya que podría quedar a merced de tener que convivir con represores que desataron el terrorismo de Estado entre 1976 y 1983.
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