¡¡¡A VER SI NOS ENTENDEMOS!!!
(ver la entrada "LOS MOTIVOS DEL LOBOS", 07.05.2014)
- Jueves, 9 de abril de 2015
Derecho Penal: ¿a quién debe beneficiar?
El candidato del Gobierno para ocupar la vacante en la Corte Suprema nacional ha sostenido que la prisión perpetua es “inhumana”. Utilizaré esa apreciación para poner de relieve un interrogante más trascendente: ¿para qué existe el ordenamiento jurídico penal?, ¿a quién debe beneficiar? La respuesta podría encontrarse en la Constitución. Ella fue sancionada para dar nacimiento a un Estado de Derecho. Esa organización política y jurídica, que conlleva la existencia de normas de convivencia (entre ellas las penales), existe porque es necesaria para que los hombres puedan vivir ordenadamente y para que sea posible alcanzar el bien común y promover el bienestar general.
Si el Estado tiene por fin el bien común y la Constitución busca “promover el bienestar general”, todo el resto del ordenamiento jurídico (el Código Penal inclusive) tiene que ir en el mismo sentido. Sin embargo pareciera que, para algunos, el Derecho Penal debe preservar los intereses del malviviente. Es lógico que se discuta si determinadas penas sirven para brindar seguridad a la población (como por ejemplo la pena de muerte), pero en los tiempos que corren pareciera que también se pone en tela de juicio la eficacia de la prisión perpetua, de los regímenes diferenciados para los reincidentes, del agravamiento de las penas en general, entre otros institutos del Derecho Penal.
En esta misma línea, en poco tiempo comenzaremos a dudar de que las penas sean humanamente dignas y terminaremos concluyendo que el Código Penal es violatorio de los derechos humanos porque atenta contra la libertad de las personas. Para ir de la mano de nuestra Ley Suprema, el Derecho Penal debe proteger a la sociedad y no a los delincuentes. A estos ha de tratárselos como seres humanos (sic) y por ello se les deben conceder todos los derechos y garantías del proceso, pero convertirlos en el único sujeto de protección penal, descuidando a la sociedad víctima de sus inconductas, (...)
es inconstitucional.
FUENTE
"LOS ANDES"09.04.2015
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