8 sept 2024

OPACIDAD: UN REFUGIO

 

 

OPACIDAD: UN REFUGIO

 

La transparencia y la rendición de cuentas son pilares imprescindibles de la gestión pública.

 

f. Cualidad de opaco. oscuridad, turbiedad, negrura, borrosidad.

 

 

 

 

 

Retroceso en el derecho de Acceso a la Información Pública: un análisis crítico

 

La disposición introduce restricciones que limitan la difusión de información sobre actos de gobierno y actividades de los funcionarios, afectando la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública.

 

viernes 6 de septiembre de 2024

 

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El reciente Decreto 780/2024 del PEN llamó la atención, y en una primera lectura, representa un significativo retroceso en el derecho ciudadano de acceso a la información pública.


 Este decreto introduce restricciones que limitan la difusión de información sobre actos de gobierno y actividades de los funcionarios, afectando la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública, principios centrales que se pregonan desde hace unos años bajo el amparo de la reciente filosofía político administrativa de Estado Abierto, que plantea toda una nueva forma asumir la gestión pública.

 

Desde el Centro de Estudios de Estado e Innovación Pública (CEEIP) de la Universidad Nacional de Cuyo, del que formo parte, nos parece oportuno resaltar que con la Ley 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública, sancionada en el año 2016, Argentina alcanzó un significativo avance, crucial en la promoción de la transparencia y la participación ciudadana, y muy especialmente en el impulso de la Transparencia Activa desde los organismos del Estado. 

 

La normativa reconoce el derecho de los ciudadanos a acceder a información pública, fortaleciendo el principio republicano de publicidad de los actos de gobierno.

 

Dentro de las disposiciones del decreto, una en particular nos llama la atención y es la que establece que las “deliberaciones preparatorias, papeles de trabajo o exámenes preliminares” sobre temas o actos de gobierno, no serán considerados documentos de carácter público.

 

Esto implicaría que las anotaciones personales durante reuniones de funcionarios de los poderes públicos o en agendas no serán consideradas documentos de Estado ni estarán disponibles para la revisión pública.

 

Esta medida limita significativamente la capacidad de los ciudadanos y los organismos de control para fiscalizar y evaluar las decisiones gubernamentales en sus etapas primigenias o iníciales, donde muchas veces se definen aspectos cruciales de las políticas públicas y precisamente donde existe, ante su publicidad, la posibilidad de influir de la ciudadanía en una decisión y/o acto de gobierno, o bien definir la agenda estatal y/o de gobierno.

 

El blindaje de datos confidenciales o secretos de estado por un período de 10 años, por razones de defensa, política exterior o seguridad interior es totalmente razonable siempre que no se utilice como una práctica habitual donde al clasificar, en cada acto administrativo, datos o información de esas áreas u por analogía de otras áreas del estado como secretas, inmediatamente pasarían a estar bajo la órbita de esta nueva disposición y por tanto también es preocupante.

 

La transparencia es un pilar fundamental para la construcción de una relación de confianza entre el Estado y la Ciudadanía.

 

Como principio rector debemos considerar que toda restricción del acceso a la información pública no sólo afecta la transparencia, sino que también erosiona la confianza de los ciudadanos en las instituciones, algo que viene siendo una realidad de los últimos años y que pone en permanente jaque la confianza ciudadana en las instituciones, lo que representa un gran peligro de deslegitimación y todo lo que ello implica para la vida democrática de nuestras sociedades.

 

La transparencia es un pilar fundamental para la construcción de una relación de confianza entre el Estado y la Ciudadanía. 

 

Cuando los ciudadanos tienen pleno acceso a la información, pueden participar de manera más informada y empoderada en los asuntos públicos, participar en la creación de políticas públicas y, sobre todo, ejercer un control efectivo sobre la gestión gubernamental.

 

El derecho de acceso a la información pública es esencial para la democracia, esto no es nuevo, pero pareciera que hay que recordarlo cada tanto, en especial a las clases dirigentes de turno.

 

Este derecho fundamental permite a los ciudadanos no solo conocer cómo se toman las decisiones que los afectan en su vida cotidiana, y por ende cómo se gestionan los recursos del estado e implementan las políticas públicas, sino cuál es el grado de efectividad de las mismas ante sus expectativas y anhelos. 

 

Sin este acceso a la información es claro que se debilita la capacidad de la sociedad para exigir responsabilidad y rendición de cuentas a sus gobernantes.

 

La implementación de este tipo de normas reglamentarias restrictivas también plantea interrogantes sobre la discrecionalidad del Poder para definir qué información se considera de interés público y cuál no, algo totalmente anacrónico para una época donde la participación ciudadana es cada vez más un clamor generalizado. 

 

Esta capacidad de auto definir y auto determinar los límites de la información pública que de algún modo establece el Poder Ejecutivo Nacional puede llevar a un uso arbitrario del poder, donde solo se divulgue lo que favorece al gobierno de turno.

 

Es así que en un contexto donde la transparencia activa y la rendición de cuentas son más necesarias que nunca, en especial en momentos tan complejos y ante demandas ciudadanas crecientes, al menos a prima facie y en algunas de sus partes, nos parece un retroceso en el acceso a la información pública y a los principios democráticos y derechos ciudadanos. 

 

La sociedad civil, los medios de comunicación y las organizaciones sociales deben estar más atentos que nunca y exigir que se garantice que la información pública siga siendo accesible y que el gobierno actúe con la transparencia que la ciudadanía merece y en tiempos tan difíciles necesita.

 

En una primera conclusión general, el Decreto 780/2024-PEN representa un retroceso en el derecho de acceso a la información pública en Argentina, que venía dando pasos, aunque tímidos en este sentido, incluso en las jurisdicciones provinciales y municipales. 

 

Limitar la transparencia y la rendición de cuentas no solo afecta la calidad de la gestión pública, sino que también erosiona la confianza ciudadana y debilita los fundamentos de la democracia. 

 

Es imperativo que todas las medidas y decisiones gubernamentales aseguren una gestión pública abierta, transparente y responsable, y no todo lo contrario.

 

fuente

"el Auditor info", 06.09.2024

 

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¡BIENVENIDOS, GRACIAS POR ARRIMARSE!

Me atrevo a interpelar, por sentirlos muy cercanos, por más que las apariencias parecieran indicar lo contrario; insisto en lo de la cercanía, por que estamos en el mismo bote – que hace agua - , tenemos pesares, angustias y problemas comunes, recién después vienen las diferencias.

La idea es dialogar, hablar de nuestras cosas, hay textos que nos proporcionan la información básica – no única-, solo es una propuesta como para empezar. La continuidad depende de Ustedes, un eventual resultado adicional depende de todos.La idea es hablar desde un “nosotros” y sobre “nuestro futuro” desde la buena fe, los problemas exigen soluciones que requieren racionalidad, honestidad intelectual que jamás puede nacer desde la parcialidad, la mezquindad, la especulación.

Encontraran en “HASTA EL PELO MÁS DELGADO ...”, textos y opiniones sobre una temática variada y sin un orden temporal, es así no por desorganizado, sino por intención – a Ustedes corresponde juzgar el resultado -.Como no he vivido en una capsula, ya peino canas, tengo opiniones y simpatías, pero de ninguna manera significa dogmatismo, parcialidad cerrada.Soy radical (neto sin adiciones de letras ninguna), pero no se preocupen no es contagiosos … creo, solo una opción en el universo de las ideas argentinas. Las referencias al radicalismo están debidamente identificadas, depende de Ustedes si deciden “pizpear” o no.

El acá y ahora, el nosotros y el futuro constituyen la responsabilidad de todos.Hace más de cuatro décadas, en mi lejana secundaria, de una pasadita que nos dieron por Lógica, recuerdo el Principio de Identidad, era más o menos así: “Si 'A' no es 'A', no es 'A' ni es nada”, por esos años me pareció una reverenda huevada, hoy lo tomo con mucho más respeto y consideración. Variaciones de los mismo: no existe un ligero embarazo; no se puede ser buena gente los días pares.

Llegando al Bicentenario – y aunque se me tildé de negativo- siento que como pueblo, desde 1810, hemos estado paveando … a vos ¿qué te parece?. En algún momento perdimos el rumbo y ahí andamos “como pan que no se vende. Cuentan que don Ángel Vicente Peñaloza decía: “Como ei de andar, en Chile y di a pie, cuando hay de que no hay cunque, cuando hay cunque no hay deque”.

De tanto mirarnos el, ombligo y su pelusa, tenemos un cerebro paralitico, cubierto de telarañas y en estado de grave inanición. Padecemos una trágica concurrencia de factores que nos impiden advertir – debidamente -, este, nuestro triste presente y lo que es peor aún, nos va dejando sin futuro.

A los malos, los maulas, los sotretas, los villanos, los mala leche, los h'jo puta, los podemos enfrentar pero … ¿qué hacemos con los indiferentes, con los que solo se meten en sus cosas, y no advierten que el nosotros y el futuro por más que sean plurales son cosas personalisimas? Y luego dicen que quieren a sus hijos y su familia; ¡JA!, ¡doble JA!, ¡triple JA! (il lupo fero).

¡¡EL REY ESTÁ EN PELOTAS!!, dijo el niño de la calle, hijo de padre desconocido y madre ausente, ese niño es mi héroe favorito.

¿QUÉ ES PEOR LA IGNORANCIA O LA INDIFERENCIA?

¡¡NO LO SÉ Y NO ME IMPORTA!!

El impertinente, el preguntón es nuestra esperanza, nuestro “Chapulin Colorado”.

Mis querido “Chichipios” - diría don Tato- no olviden que además de ver el vaso medio vació o medio lleno, hay que saber que contiene – sino que le pregunten a Socrates - ¡Bienvenidos! Adelante. Julio


Mendoza, 11 de noviembre de 2009.