7 sept 2010

PROHIBIR EL PODER EJECUTIVO LEGISLADOR

PONER FIN AL PODER EJECUTIVO LEGISLADOR


La reforma constitucional de 1994 autorizó y puso límites a la delegación legislativa del Poder Legislativo al Ejecutivo (Art. 76) e instruyó al Congreso para que revise toda delegación anterior y las leyes dictadas en su consecuencia.

Dispuso,…, que toda… legislación que no contenga plazo establecido…, a menos que sea ratificada por el Congreso, caducará a los 5 (cinco) años (Cláusula Transitoria 8ª)…

Este término se prorrogó varias veces (leyes 25148; 25645; 25918; 26135 y 26519) y vence el 24 de agosto (2010)…

Entre las leyes delegantes está el Código Aduanero, ley 22415 de gobierno militar – tachada de inconstitucional por delegar potestades





tributarias -,… (y) fue en lo que se fundó… la… Resolución 125/2008… (sobre) retenciones a las exportaciones, que generó el conflicto con el campo.

{Nótese que la condición de legislación “procesista” es en realidad utilizada como una prenda de quita pon con un maniqueísmo oportunista; ejemplo: la derogación de la figura de subversión económica.}

El nuevo Artículo 76 de la Constitución…: “Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca…”… fue dictada… (para) atenuar… (el presidencialismo). Por eso… permite la delegación sólo por vía de excepción y… (con) ciertas pautas. Que se suministre un criterio claro para guiar al organismo administrativo al cual se le transfieren potestades; que la transferencia… (sea)… sólo respecto de materias determinadas y que… se efectúe por tiempo limitado.

… la Cláusula Transitoria 8ª al exigir… “ratificación expresa por una nueva ley”, demandaba que las normas que… (hicieran) delegaciones legislativas fueran examinadas exhaustivamente.

El constituyente Alberto García Lema…: “… la finalidad de la Disposición Transitoria Octava fue





facilitar el análisis por el Congreso, de las bases de la delegación utilizadas en la legislación preexistente, previendo un plazo de transición más que razonable (5 años) para… valorar la conveniencia ya sea de ratificar sin cambios la delegación concedida,… mantenerla pero modificando el originario inteligible standard – en ambos casos fijando el plazo para su ejercicio – o… dejándola sin efecto y reasumir… la potestad legislativa… (esto)… fue… (destacado) por la Corte Suprema (Fallos 331:2406).

… no hay dudas… acerca de que la intención de Constituyente exigía una revisión integral, pormenorizada y minuciosa.

La ley 26519 creó, tardíamente, una Comisión especial… (encargada de)…, la revisión de toda la materia delegada.

El Congreso, hasta ahora, no revisó la delegación legislativa y se limitó a ratifica en masa y prorrogar… delegaciones…, muchas… dictadas… (por) gobiernos de facto.

¿Qué debe hacer…, el Congreso?

Todas esas ratificaciones son inconstitucionales por haber eludido el mandato constitucional por lo que la legislación delegada, en sentido estricto, ya






caducó en los términos de la Disposición Transitoria 8ª. Y por ello el Congreso no debe, hoy, volver a ratificarla.

El Congreso debe, entonces, legislar nuevamente en cada una de las materias, lo que no es fácil ya que hay más de 1900 leyes involucradas,… (además) todas las relaciones nacidas al amparo de esa legislación delegada habrían caducado ya en 1999, al transcurrir los 5 primeros años.

El Congreso…, seguramente decidirá:

1-Postergar de nuevo la revisión de toda la legislación y ratificar en masa la que fue delegada por un tiempo determinado, como lo ha hecho hasta ahora.
2-Ratificar expresamente y de modo definitivo toda la legislación delegada que haya logrado identificar.

{¿Por qué?, debo reconocer que no entiendo el sentido en que se expresa, el autor esta suponiendo lo que hará el Congreso. ¿Supone (al utilizar el término “ratificar expresamente”) que se continuará con las delegaciones?}

3-Ratificar algunas leyes, derogar otras y poner plazos de caducidad a algunas de las no ratificadas. Las retenciones, a estar por lo que expresan los proyectos de la oposición, es posible que… se deroguen algunas (maíz, trigo girasol), y se mantengan otras, con una


alícuota que se reduzca progresivamente
hasta su extinción

La delegación y revocación de las potestades legislativas es privativas del Congreso y las leyes que lo instrumentan no pueden ser vetadas por el Poder Ejecutivo.

La República necesita el respeto de la división de poderes, para lo cual el Congreso debe recuperar las facultades que, desde hace tanto tiempo, le fueron sustraídas.

{¡Flor de matute!; ¡anomia pluscuanperfecta!; ¡Republiqueta que le dicen!; ¿Plantear dudas sobre
el regreso a la Constitución?... mala fariña. Bueno acá tenemos una buena pregunta para los futuros (y inminentes candidatos): ¿Qué van hacer con el tema?; ¡Y después hablan de Pacto de la Moncloa!}

{A modo de recordatorio, el tema viene de muy antiguo y a costado ríos de sangre al país. Las facultades delegadas y no delegadas ya establecidas en la Constitución de 1853, en definitiva hacen referencia a las autonomías provinciales y al sistema federal establecido por la Constitución. Si vamos a la memoria ciudadana esta actual situación de delegación vendría de la crisis de 2000 y las leyes de emergencia sancionadas en la ocasión y renovadas posteriormente; al parecer hay algo más, a juzgar por el texto del artículo. En definitiva así pareciera estar la situación}

“LOS ANDES”, 22.08.2010
















PONER FIN AL PODER EJECUTIVO LEGISLADOR


La reforma constitucional de 1994 autorizó y puso límites a la delegación legislativa del Poder Legislativo al Ejecutivo (Art. 76) e instruyó al Congreso para que revise toda delegación anterior y las leyes dictadas en su consecuencia.

Dispuso,…, que toda… legislación que no contenga plazo establecido…, a menos que sea ratificada por el Congreso, caducará a los 5 (cinco) años (Cláusula Transitoria 8ª)…

Este término se prorrogó varias veces (leyes 25148; 25645; 25918; 26135 y 26519) y vence el 24 de agosto (2010)…

Entre las leyes delegantes está el Código Aduanero, ley 22415 de gobierno militar – tachada de inconstitucional por delegar potestades





tributarias -,… (y) fue en lo que se fundó… la… Resolución 125/2008… (sobre) retenciones a las exportaciones, que generó el conflicto con el campo.

{Nótese que la condición de legislación “procesista” es en realidad utilizada como una prenda de quita pon con un maniqueísmo oportunista; ejemplo: la derogación de la figura de subversión económica.}

El nuevo Artículo 76 de la Constitución…: “Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca…”… fue dictada… (para) atenuar… (el presidencialismo). Por eso… permite la delegación sólo por vía de excepción y… (con) ciertas pautas. Que se suministre un criterio claro para guiar al organismo administrativo al cual se le transfieren potestades; que la transferencia… (sea)… sólo respecto de materias determinadas y que… se efectúe por tiempo limitado.

… la Cláusula Transitoria 8ª al exigir… “ratificación expresa por una nueva ley”, demandaba que las normas que… (hicieran) delegaciones legislativas fueran examinadas exhaustivamente.

El constituyente Alberto García Lema…: “… la finalidad de la Disposición Transitoria Octava fue





facilitar el análisis por el Congreso, de las bases de la delegación utilizadas en la legislación preexistente, previendo un plazo de transición más que razonable (5 años) para… valorar la conveniencia ya sea de ratificar sin cambios la delegación concedida,… mantenerla pero modificando el originario inteligible standard – en ambos casos fijando el plazo para su ejercicio – o… dejándola sin efecto y reasumir… la potestad legislativa… (esto)… fue… (destacado) por la Corte Suprema (Fallos 331:2406).

… no hay dudas… acerca de que la intención de Constituyente exigía una revisión integral, pormenorizada y minuciosa.

La ley 26519 creó, tardíamente, una Comisión especial… (encargada de)…, la revisión de toda la materia delegada.

El Congreso, hasta ahora, no revisó la delegación legislativa y se limitó a ratifica en masa y prorrogar… delegaciones…, muchas… dictadas… (por) gobiernos de facto.

¿Qué debe hacer…, el Congreso?

Todas esas ratificaciones son inconstitucionales por haber eludido el mandato constitucional por lo que la legislación delegada, en sentido estricto, ya






caducó en los términos de la Disposición Transitoria 8ª. Y por ello el Congreso no debe, hoy, volver a ratificarla.

El Congreso debe, entonces, legislar nuevamente en cada una de las materias, lo que no es fácil ya que hay más de 1900 leyes involucradas,… (además) todas las relaciones nacidas al amparo de esa legislación delegada habrían caducado ya en 1999, al transcurrir los 5 primeros años.

El Congreso…, seguramente decidirá:

1-Postergar de nuevo la revisión de toda la legislación y ratificar en masa la que fue delegada por un tiempo determinado, como lo ha hecho hasta ahora.
2-Ratificar expresamente y de modo definitivo toda la legislación delegada que haya logrado identificar.

{¿Por qué?, debo reconocer que no entiendo el sentido en que se expresa, el autor esta suponiendo lo que hará el Congreso. ¿Supone (al utilizar el término “ratificar expresamente”) que se continuará con las delegaciones?}

3-Ratificar algunas leyes, derogar otras y poner plazos de caducidad a algunas de las no ratificadas. Las retenciones, a estar por lo que expresan los proyectos de la oposición, es posible que… se deroguen algunas (maíz, trigo girasol), y se mantengan otras, con una


alícuota que se reduzca progresivamente
hasta su extinción

La delegación y revocación de las potestades legislativas es privativas del Congreso y las leyes que lo instrumentan no pueden ser vetadas por el Poder Ejecutivo.

La República necesita el respeto de la división de poderes, para lo cual el Congreso debe recuperar las facultades que, desde hace tanto tiempo, le fueron sustraídas.

{¡Flor de matute!; ¡anomia pluscuanperfecta!; ¡Republiqueta que le dicen!; ¿Plantear dudas sobre
el regreso a la Constitución?... mala fariña. Bueno acá tenemos una buena pregunta para los futuros (y inminentes candidatos): ¿Qué van hacer con el tema?; ¡Y después hablan de Pacto de la Moncloa!}

{A modo de recordatorio, el tema viene de muy antiguo y a costado ríos de sangre al país. Las facultades delegadas y no delegadas ya establecidas en la Constitución de 1853, en definitiva hacen referencia a las autonomías provinciales y al sistema federal establecido por la Constitución. Si vamos a la memoria ciudadana esta actual situación de delegación vendría de la crisis de 2000 y las leyes de emergencia sancionadas en la ocasión y renovadas posteriormente; al parecer hay algo más, a juzgar por el texto del artículo. En definitiva así pareciera estar la situación}

“LOS ANDES”, 22.08.2010





PONER FIN AL PODER EJECUTIVO LEGISLADOR


La reforma constitucional de 1994 autorizó y puso límites a la delegación legislativa del Poder Legislativo al Ejecutivo (Art. 76) e instruyó al Congreso para que revise toda delegación anterior y las leyes dictadas en su consecuencia.

Dispuso,…, que toda… legislación que no contenga plazo establecido…, a menos que sea ratificada por el Congreso, caducará a los 5 (cinco) años (Cláusula Transitoria 8ª)…

Este término se prorrogó varias veces (leyes 25148; 25645; 25918; 26135 y 26519) y vence el 24 de agosto (2010)…

Entre las leyes delegantes está el Código Aduanero, ley 22415 de gobierno militar – tachada de inconstitucional por delegar potestades





tributarias -,… (y) fue en lo que se fundó… la… Resolución 125/2008… (sobre) retenciones a las exportaciones, que generó el conflicto con el campo.

{Nótese que la condición de legislación “procesista” es en realidad utilizada como una prenda de quita pon con un maniqueísmo oportunista; ejemplo: la derogación de la figura de subversión económica.}

El nuevo Artículo 76 de la Constitución…: “Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca…”… fue dictada… (para) atenuar… (el presidencialismo). Por eso… permite la delegación sólo por vía de excepción y… (con) ciertas pautas. Que se suministre un criterio claro para guiar al organismo administrativo al cual se le transfieren potestades; que la transferencia… (sea)… sólo respecto de materias determinadas y que… se efectúe por tiempo limitado.

… la Cláusula Transitoria 8ª al exigir… “ratificación expresa por una nueva ley”, demandaba que las normas que… (hicieran) delegaciones legislativas fueran examinadas exhaustivamente.

El constituyente Alberto García Lema…: “… la finalidad de la Disposición Transitoria Octava fue





facilitar el análisis por el Congreso, de las bases de la delegación utilizadas en la legislación preexistente, previendo un plazo de transición más que razonable (5 años) para… valorar la conveniencia ya sea de ratificar sin cambios la delegación concedida,… mantenerla pero modificando el originario inteligible standard – en ambos casos fijando el plazo para su ejercicio – o… dejándola sin efecto y reasumir… la potestad legislativa… (esto)… fue… (destacado) por la Corte Suprema (Fallos 331:2406).

… no hay dudas… acerca de que la intención de Constituyente exigía una revisión integral, pormenorizada y minuciosa.

La ley 26519 creó, tardíamente, una Comisión especial… (encargada de)…, la revisión de toda la materia delegada.

El Congreso, hasta ahora, no revisó la delegación legislativa y se limitó a ratifica en masa y prorrogar… delegaciones…, muchas… dictadas… (por) gobiernos de facto.

¿Qué debe hacer…, el Congreso?

Todas esas ratificaciones son inconstitucionales por haber eludido el mandato constitucional por lo que la legislación delegada, en sentido estricto, ya






caducó en los términos de la Disposición Transitoria 8ª. Y por ello el Congreso no debe, hoy, volver a ratificarla.

El Congreso debe, entonces, legislar nuevamente en cada una de las materias, lo que no es fácil ya que hay más de 1900 leyes involucradas,… (además) todas las relaciones nacidas al amparo de esa legislación delegada habrían caducado ya en 1999, al transcurrir los 5 primeros años.

El Congreso…, seguramente decidirá:

1-Postergar de nuevo la revisión de toda la legislación y ratificar en masa la que fue delegada por un tiempo determinado, como lo ha hecho hasta ahora.
2-Ratificar expresamente y de modo definitivo toda la legislación delegada que haya logrado identificar.

{¿Por qué?, debo reconocer que no entiendo el sentido en que se expresa, el autor esta suponiendo lo que hará el Congreso. ¿Supone (al utilizar el término “ratificar expresamente”) que se continuará con las delegaciones?}

3-Ratificar algunas leyes, derogar otras y poner plazos de caducidad a algunas de las no ratificadas. Las retenciones, a estar por lo que expresan los proyectos de la oposición, es posible que… se deroguen algunas (maíz, trigo girasol), y se mantengan otras, con una


alícuota que se reduzca progresivamente
hasta su extinción

La delegación y revocación de las potestades legislativas es privativas del Congreso y las leyes que lo instrumentan no pueden ser vetadas por el Poder Ejecutivo.

La República necesita el respeto de la división de poderes, para lo cual el Congreso debe recuperar las facultades que, desde hace tanto tiempo, le fueron sustraídas.

{¡Flor de matute!; ¡anomia pluscuanperfecta!; ¡Republiqueta que le dicen!; ¿Plantear dudas sobre
el regreso a la Constitución?... mala fariña. Bueno acá tenemos una buena pregunta para los futuros (y inminentes candidatos): ¿Qué van hacer con el tema?; ¡Y después hablan de Pacto de la Moncloa!}

{A modo de recordatorio, el tema viene de muy antiguo y a costado ríos de sangre al país. Las facultades delegadas y no delegadas ya establecidas en la Constitución de 1853, en definitiva hacen referencia a las autonomías provinciales y al sistema federal establecido por la Constitución. Si vamos a la memoria ciudadana esta actual situación de delegación vendría de la crisis de 2000 y las leyes de emergencia sancionadas en la ocasión y renovadas posteriormente; al parecer hay algo más, a juzgar por el texto del artículo. En definitiva así pareciera estar la situación}

“LOS ANDES”, 22.08.2010

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¡BIENVENIDOS, GRACIAS POR ARRIMARSE!

Me atrevo a interpelar, por sentirlos muy cercanos, por más que las apariencias parecieran indicar lo contrario; insisto en lo de la cercanía, por que estamos en el mismo bote – que hace agua - , tenemos pesares, angustias y problemas comunes, recién después vienen las diferencias.

La idea es dialogar, hablar de nuestras cosas, hay textos que nos proporcionan la información básica – no única-, solo es una propuesta como para empezar. La continuidad depende de Ustedes, un eventual resultado adicional depende de todos.La idea es hablar desde un “nosotros” y sobre “nuestro futuro” desde la buena fe, los problemas exigen soluciones que requieren racionalidad, honestidad intelectual que jamás puede nacer desde la parcialidad, la mezquindad, la especulación.

Encontraran en “HASTA EL PELO MÁS DELGADO ...”, textos y opiniones sobre una temática variada y sin un orden temporal, es así no por desorganizado, sino por intención – a Ustedes corresponde juzgar el resultado -.Como no he vivido en una capsula, ya peino canas, tengo opiniones y simpatías, pero de ninguna manera significa dogmatismo, parcialidad cerrada.Soy radical (neto sin adiciones de letras ninguna), pero no se preocupen no es contagiosos … creo, solo una opción en el universo de las ideas argentinas. Las referencias al radicalismo están debidamente identificadas, depende de Ustedes si deciden “pizpear” o no.

El acá y ahora, el nosotros y el futuro constituyen la responsabilidad de todos.Hace más de cuatro décadas, en mi lejana secundaria, de una pasadita que nos dieron por Lógica, recuerdo el Principio de Identidad, era más o menos así: “Si 'A' no es 'A', no es 'A' ni es nada”, por esos años me pareció una reverenda huevada, hoy lo tomo con mucho más respeto y consideración. Variaciones de los mismo: no existe un ligero embarazo; no se puede ser buena gente los días pares.

Llegando al Bicentenario – y aunque se me tildé de negativo- siento que como pueblo, desde 1810, hemos estado paveando … a vos ¿qué te parece?. En algún momento perdimos el rumbo y ahí andamos “como pan que no se vende. Cuentan que don Ángel Vicente Peñaloza decía: “Como ei de andar, en Chile y di a pie, cuando hay de que no hay cunque, cuando hay cunque no hay deque”.

De tanto mirarnos el, ombligo y su pelusa, tenemos un cerebro paralitico, cubierto de telarañas y en estado de grave inanición. Padecemos una trágica concurrencia de factores que nos impiden advertir – debidamente -, este, nuestro triste presente y lo que es peor aún, nos va dejando sin futuro.

A los malos, los maulas, los sotretas, los villanos, los mala leche, los h'jo puta, los podemos enfrentar pero … ¿qué hacemos con los indiferentes, con los que solo se meten en sus cosas, y no advierten que el nosotros y el futuro por más que sean plurales son cosas personalisimas? Y luego dicen que quieren a sus hijos y su familia; ¡JA!, ¡doble JA!, ¡triple JA! (il lupo fero).

¡¡EL REY ESTÁ EN PELOTAS!!, dijo el niño de la calle, hijo de padre desconocido y madre ausente, ese niño es mi héroe favorito.

¿QUÉ ES PEOR LA IGNORANCIA O LA INDIFERENCIA?

¡¡NO LO SÉ Y NO ME IMPORTA!!

El impertinente, el preguntón es nuestra esperanza, nuestro “Chapulin Colorado”.

Mis querido “Chichipios” - diría don Tato- no olviden que además de ver el vaso medio vació o medio lleno, hay que saber que contiene – sino que le pregunten a Socrates - ¡Bienvenidos! Adelante. Julio


Mendoza, 11 de noviembre de 2009.