MENDOZA Y LA…
EXTINCIÓN DE DOMINIO...
FICHA LIMPIA
Extinción de dominio: le quitan tres inmuebles al ex intendente Lobos por enriquecimiento ilícito
La justicia civil aplicó la extinción de dominio sobre tres inmuebles del ex intendente Luis Lobos.
Considera que no pudo justificar el origen de los fondos para comprarlos.
Además, consideró lícita la compra de tres vehículos.
Es la primera sentencia de ese estilo.
martes, 9 de febrero de 2021
La Justicia Civil ordenó quitarle la propiedad de sus bienes al ex intendente de Guaymallén Luis Lobos, acusado de enriquecimiento ilícito.
Se trata del primer fallo de extinción de dominio realizada en Mendoza y que abarca a un ex funcionario público.
Lobos está acusado de haberse enriquecido en la función pública, pero aún no hay sentencia en la causa penal.
Sin embargo la ley local no establece ese requisito.
Por eso la jueza María Paz Gallardo ordenó hacer lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y le quitó a Lobos y a su esposa Claudia Sgró tres inmuebles que eran propiedad de la pareja.
Luis Lobos fue intendente de Guaymallén (quedó en el cargo cuando era titular del Conejo -SIC-) y mientras ejerció el cargo pesaron sobre el fuertes sospechas de corrupción, (SIC) Ya tiene una condena encima por haber contratado a su empleada doméstica en la comuna y retirarle el sueldo que cobraba.
Pero la acusación más densa tiene que ver con los bienes que adquirió y, según las sospechas, no puede justificar.
Por eso Lobos fue condenado a cuatro años y medio de prisión y su esposa a 3 años y medio como partícipe primaria del delito.
Ambos con inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
Pero la causa está apelada en la Suprema Corte.
Lobos perdió tres inmuebles, pero logró retener bienes menos valiosos: la justicia le devolverá un Peugeot 308, una Volkswagen Amarok y el cuatriciclo Can-Am que la pareja ostentaba y seguirá teniendo.
Aunque no es un fallo penal, la jueza aborda y analiza el origen de los fondos por los cuales Lobos y Sgró compraron los bienes.
Y asegura que hay dudas.
"Juzgo que los demandados han acreditado solo parcialmente el origen lícito de los bienes objeto de la presente acción", asegura la magistrada.
"Constato que se han acreditado ingresos formales de ambos demandados pero ello no resulta suficiente para tener por probado el origen lícito de todos los bienes denunciados", agrega.
Los detalles
En el caso de los funcionarios públicos se invierte la carga de la prueba: deben justificar el origen lícito de su patrimonio, a diferencia de lo que ocurre con otros delitos donde los fiscales deben probar los delitos.
La jueza considera que el ex intendente tuvo ingresos suficientes para comprar los vehículos, pero no los inmuebles.
En la misma declaración ante la AFIP Lobos queda expuesto: de un año a otro pasó de declarar bienes inmuebles por 70 mil pesos, a 1,8 millones.
Los tres inmuebles son un lote en el Náutico Mendoza, otro en Barrio Sol Andino y un inmueble en calle Cangallo.
Los tres quedaron para el Estado.
"No ha cumplido la demandada con la carga procesal impuesta de acreditar el origen licito de inmueble, dicho anotado en la matrícula nro. 362679/4, Unidad 2, Planta Baja, Villa Nueva, Guaymallén, con frente a calle Cangallo 3862. Lo mismo ocurre con el inmueble identificado con la matricula 181.518/4 de Calle Tirasso 4357 y pasillo comunero del inmueble identificado con la matrícula 167.166/4, ambos de titularidad del 100% del Sr. Lobos", aseguró la jueza.
La extinción de dominio es un proceso civil que se desprende de una investigación penal.
La requiere un fiscal, pero la ejecuta la Justicia Civil de manera autónoma.
La sentencia contra Lobos es la primera que se ejecuta en Mendoza.
fuente
"MDZ", 09.02.2021
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