VILLA MASCARDI Y UN EXTRAÑO
ESTADO NACIONAL
-I-
Villa Mascardi: rechazaron pedido de sobreseimiento de mapuches imputados y los mandaron a juicio
El juez federal subrogante de Bariloche Gustavo Zapata rechazó el planteo de los defensores, clausuró la etapa de instrucción y elevó a juicio la causa por la usurpación de tierras de Parques Nacionales.
Por Redacción, agosto 2, 2021
Los integrantes de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu se instalaron a principios de noviembre de 2017 en los predios de Parques Nacionales y alegaron que era un acto de recuperación territorial. (Foto Archivo)
Después de 3 años y 8 meses, el juez subrogante a cargo del juzgado federal de Bariloche, Gustavo Zapata, rechazó el pedido de sobreseimiento de 7 miembros de la comunidad mapuche Lof Lafken Winkul Mapu, que habían solicitado sus defensores particulares y resolvió mandarlos a juicio imputados como coautores del delito de usurpación de tierras pertenecientes a Parques Nacionales.
Se trata de dos predios, que están ubicados en Villa Mascardi, distante a unos 35 kilómetros al sur de Bariloche.
Piden el sobreseimiento de los mapuches imputados de Villa Mascardi
Zapata desestimó la oposición de los defensores particulares -de la Asociación Gremial de Abogados- Luis Virgilio Sánchez, Eduardo Néstor Soares, Matías Antonio Alac y Laura Taffetani, al requerimiento de elevación a juicio que había presentado a finales de junio pasado la fiscal federal de Bariloche, Sylvia Little.
El magistrado declaró clausurada la etapa de instrucción y elevó la causa a juicio.
En ese expediente están imputadas Martha Luciana Jaramillo, María Isabel Nahuel, Yéssica Fernanda Bonnefoi, Romina Rosas, Mayra Aylén Tapia, Betiana Ayelén Colhuan y Cristian Germán Colhuan.
Además, dispuso una inhibición general de bienes hasta cubrir 25 mil pesos a cada una de las imputadas e imputado, excepto a Bonnefoi que le impuso 80.000 pesos.
Zapata dictó días atrás el fallo al que RÍO NEGRO accedió.
Fue una de sus últimas resoluciones antes de que venciera su nombramiento provisorio como juez subrogante, a cargo del juzgado federal de Bariloche.
Los cortes de la ruta nacional 40 Sur, en Villa Mascardi, fueron una postal repetida desde noviembre de 2017 hasta hace unas semanas. (Foto archivo)
La fiscal federal les atribuye a las 6 acusadas y a Cristian Colhuan haber usurpado el 10 de noviembre de 2017 por medio de violencia y amenazas, “junto a otras personas aún no individualizadas” dos predios pertenecientes a Parques Nacionales, en Villa Mascardi.
Por eso, acusó a los 7 como coautores del delito de usurpación por despojo.
Little recordó que un grupo de personas que se “autodenominó” como la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu había usurpado esas tierras.
Dijo que el 13 de noviembre de 2017 cortaron el servicio de electricidad a Villa Mascardi.
Aseguró que cuando operarios de la CEB intentaron restablecer el servicio no pudieron porque fueron intimidados por un grupo de encapuchados armados con palos.
Sostuvo que el 14 de noviembre de 2017 intentó, junto con el juez Gustavo Villanueva, que entonces subrogada el juzgado federal de Bariloche, constatar personalmente “el estado de cosas en el predio, intentar visualizar en forma aérea (con un drone) de la Policía Federal.
Dijo que la diligencia debió suspenderse puesto que desde la ladera de la montaña, sujetos no “identificados comenzaron a agredir a los allí presentes y a dañar los móviles de la Policía Federal arrojando piedras”.
Mencionó que el 23 de noviembre de 2017 se ordenó el allanamiento de lugar, con personal de la Policía Federal y de Prefectura Naval, que fueron agredidas con piedrazos por los ocupantes, lo que conllevó la utilización de armas no letales (gases lacrimógenos y postas de goma), “lográndose finalmente la detención en el interior del predio de parte del grupo usurpante” de las mujeres imputadas en la causa penal por la usurpación.
Los hombres huyeron hacia la parte alta de las montañas.
Dos días después, ocurrió el homicidio del joven mapuche Rafael Nahuel, por el que están procesados cinco albatros de Prefectura, y que se investiga en otra causa.
La fiscal federal pidió llevar a juicio a mapuches por la usurpación de Mascardi
Un conflicto que no cesa
Las imputadas e imputados permanecen en ese lugar hasta la fecha.
Tras la usurpación de noviembre de 2017, la comunidad Lafken Winkul Mapu avanzó sobre lotes particulares linderos y también los usurpó.
Aunque esas causas penales se tramitan en la justicia provincial.
Los defensores alegaban que la Administración de Parques Nacionales (APN), como principal perjudicado y querellante, no había requerido elevar la causa a juicio.
Interpretaban esa decisión como voluntad de buscar una solución alternativa al conflicto ajena al proceso penal.
Zapata les recordó que el Ministerio Público Fiscal (MPF) “representa los intereses de la sociedad en este y cualquier otro expediente en que su intervención venga impuesta como necesaria (aquí se trata de un delito de acción pública), y en ese carácter, requirió que el proceso avance hacia la siguiente etapa (por el juicio)”.
Remarcó que en este proceso "la APN no realizó absolutamente ninguna presentación indicando la referida intención de “no criminalizar a los imputados”.
“Y si bien es cierto que esa institución, querellante en estas actuaciones, no formuló requerimiento de elevación a juicio, ello no significa que a partir de ahora haya quedado apartada del proceso ni supone un desistimiento de su pretensión”, explicó.
Advirtió que la postura de los defensores “pretende instaurar una especie de simbiosis entre el Poder Ejecutivo y el MPF, por tratarse ambas de personas jurídicas del derecho público, aunque -claro está- pretendiendo que la postura de aquél posea más peso que la de éste”.
“No lo veo así. La independencia y autonomía constitucional del MPF lo resguarda de ello, lo que resulta saludable en casos como el presente donde se litiga sobre un conflicto en el que poseen interés diversos sectores de la sociedad, todos los cuales reclaman la intervención del Estado, la cual no puede darse fuera de los márgenes de las facultades del MPF”, concluyó Zapata.
Gendarmería Nacional instaló un puesto de control en la ruta 40, a menos de 15 kilómetros de la zona de conflicto en Villa Mascardi. (Foto de archivo de Marcelo Martínez)
El delito es menor
Indicó que los defensores había advertido que el delito “del cual se acusa a nuestras defendidas y defendidos" es menor, "y la realización de un juicio en nada modificará el actual estado de cosas sino que busca la mera imposición de una pena por un hecho que, por otro lado, no es intención de la víctima perseguir ni penal ni civilmente”.
Los defensores recordaron que Parques Nacionales “jamás inició ninguna acción civil que propenda a la restitución del terreno presuntamente usurpado”.
Zapata replicó que desde el inicio del sumario “se verificó en este expediente un renovado interés de la sociedad por conocer la postura que el Poder Judicial de la Nación -como parte integrante del Gobierno Federal- y el MPF tienen respecto de este conflicto de repercusión mediática nacional”.
Además, entiendo que este proceso posee también una notable importancia para todas aquellas Comunidades que pacífica e incansablemente bregaron durante años por sus derechos y que hoy podrían pensar que la fuerza es el mejor camino para hacerlos valer”.
Gustavo Zapata, juez federal subrogante.
El pedido de sobreseimiento
En cuanto al pedido de sobreseimiento que habían planteado los defensores, el juez aclaró en la resolución que “no vislumbraba en el caso ni los defensores aportaron ahora elementos que permitan tener por acreditado para desvincular a los imputados del proceso con la certeza negativa que exige el artículo 336 del Código Procesal Penal de la Nación un supuesto error de prohibición por condicionamiento cultural”.
Sostuvo que las imputadas e imputado “se encuentran completamente integrados a la vida local, con un desenvolvimiento absolutamente regular en cada uno de los ámbitos de esa cotidianeidad (acudieron a las mismas escuelas que el resto de los habitantes de esta ciudad; cuentan con servicios de internet y telefonía celular; vehículo propios; cuentas bancarias y varios de ellos cuentan con ayudas sociales que les brinda el propio Estado Nacional cuyas bases jurídicas hoy pretender desconocer)”.
“En otras palabras, conocen y comprenden las normas vigentes; simplemente han decidido no acatarlas. Se habrá de ver si en ese cometido incurrieron o no en delito: sobre ello versará el juicio”, enfatizó.
fuente
"RÍO NEGRO", 02.08.2021
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