¡¡¡74 DÍAS PARA SER ATENDIDO!!!
LOS HECHOS
Pedí
turno para el médico de cabera, 22 de enero, me lo dieron para el 05 de marzo…
a 42 días de distancia en el futuro.
Pedí
turno en SEMA, para el cardiólogo, principios de febrero, me lo dieron para el
16 de abril… a 74 días de distancia en el futuro.
Esto
que me está sucediendo no es un caso aislado, por el contrario es lo que les
ocurre cotidianamente a los jubilados de Mendoza (y del país), basta recorrer
los lugares de atención para ver multitud de ancianos sometidos a largas colas
para sacar turno primero y a posterior nuevamente largas esperas cuando, por
fin, son atendidos. Basta recordar:
·
El
luctuoso suceso cuando la Señora Córdoba falleció en las oficinas del PAMI.
·
El
reciente conflicto con los médicos anestesistas que afecto a OSEP y PAMI.
·
Las
noticias que casi cotidianamente vemos reflejados por el periodismo o en las
redes sociales.
La
gran mayoría de los jubilados se caracterizan por su indefensión, por su nula
posibilidad de defensa y ninguna capacidad de reclamo.
Es
por ello que los pocos que podemos ejercer el derecho de reclamar, el derecho
de queja debemos hacerlo no a nombre propio sino por el conjunto.
FUNDADO EN QUE:
Las
organizaciones de jubilados saben que existe, con carácter casi mítico, la “Resolución 0284/05”. En un par de
audiencia con el Dr. Hernández le solicité un ejemplar, pedido que no fuera
satisfecho, finalmente obtuve – de manera oficiosa – la Resolución. Dado que ya
tiene alguna antigüedad es posible que haya sido modificada, sin embargo la
supongo vigente y conservando la orientación inicial.
RESUMEN DE LA
RESOLUCIÓN 0284/05
PAMI INSSJP
RESOLUCIÓN 0284/05
…
Que el esquema
propuesto tiene como finalidad central
otorgar a los jubilados, pensionados y su grupo familiar primario las
prestaciones sanitarias, integrales, integradas y equitativas tendientes a la
promoción, prevención, protección, recuperación y rehabilitación de la salud,
sobre la base de equilibrio sustentable de su presupuesto.
Que asimismo tiende
a mejorar su atención en forma personalizada, oportuna y adecuada en cada uno de los niveles a efectos de
garantizar prestaciones de calidad y la
optimización de los recursos.
Que se propone en este nuevo esquema el
fortalecimiento y optimización del rol
del Médico de I Nivel, a fin de asegurar la accesibilidad inmediata a la
consulta con éste y desde él a la especialidad de mayor demanda ambulatoria
garantizando que todos los afiliados
accedan a los prestadores que requieran en función de su patología.
{La Resolución
0284/05 también dispone la aplicación del Sistema
de Fiscalización para la Mejora Continua.}
Médico de I Nivel: Se
refiere al profesional médico que ofrece sus servicios médicos para la atención
de los beneficiarios del Instituto en la región
geográfica en que solicita su inscripción, de acuerdo con las
especificaciones del presente Reglamento.
…
Artículo 9
9.1. {Sobre
constitución domicilio legal}
9.2. {Sobre
constitución domicilio consultorio}
9.7. Manifestación
por escrito de la cantidad de BENEFICIARIOS y área geográfica para cuya atención se postula dentro de las
pautas fijadas en el Anexo correspondiente a los servicios ofrecidos.
…
Artículo 19 {Sobre
la elección del profesional por el beneficiario “correspondiente a su jurisdicción”.}
…
OBLIGACIONES DEL
PRESTADOR INDIVIDUAL
…
QUINTA:… El
Prestador Individual no podrá disminuir
la capacidad prestacional que le fue acreditada o el alcance geográfico para el cual ofreció sus servicios.
…
AUDITORIA Y
SUPERVISIÓN MÉDICA
…
IV.7 CAPACIDAD
PRESTACIONAL
Queda expresamente
establecido que LA RED PRESTACIONAL no
podrá disminuir la capacidad prestacional que le fue acreditada o el alcance geográfico para el cual
ofreció sus servicios.
…
VIII. REGIMEN DE
AUDITORIA…
…
INCUMPLIMINETO
CONTRACTUALES Y PENALIDADES
NIVEL I DE ATENCIÓN
{Por demora en el
otorgamiento de turnos de atención, Se establece: Apercibimiento - tres (3)
casos acreditados-; Multa - diez (10) casos acreditados -; rescisión contractual
– más de diez (10) casos acreditados.}
INCUMPLIMIENTO
CONTRACTUALES Y PENALIDADES
NIVEL II Y III
{Repite esquema
antecedente}
INCUMPLIMIENTO
CONTRACTUALES Y PENALIDADES
REDES
{Repite esquema
antecedente}
MENÚ PRESTACIONAL
DE I NIVEL DE ATENCIÓN – ATENCIÓN AMBULATORIA DE I NIVEL – SERVICIOS Y PRÁCICAS
INCLUIDAS
MÉDICO DE CABECERA
…
2. Deberán garantizar la obtención del turno
dentro de los tres días hábiles de la solicitud.
…
7. Realizar la atención domiciliaria en forma
programada, y cumplir con los plazos establecidos por el INSSJP, dentro de
las 24 horas de su solicitud de lunes a viernes.
REQUISITOS
{Fijación clara y
expresa del domicilio profesional}
Deberá tener un
cupo diario de turnos para demanda espontánea.
DECLARACIÓN JURADA PARA
ACREDITACIÓN DE MÉDICOS DE CABECERA Y ESPECIALISTAS
…
Otorgar turnos con un máximo de cuatro (4) días
posteriores a su solicitud. {Se reitera en
página 87/88}
ATENCIÓN INTEGRAL
OFTALMOLÓGICA
…
{Urgencias atención
inmediata. Cobertura 24 horas todo el año}
Los turnos programados se otorgaran con no más de siete
(7) días de demora desde su solicitud.
…
LA DEMORA INJUSTIFICADA EN LOS TURNOS DE ATENCIÓN SERÁ
SEVERAMENTE PENALIZADA.
FUENTE
Boletín del
Instituto, Nº 102, 01.04.2005
En
razón de lo antecedente entre por Internet en la página institucional del PAMI
en la opción “CONTROL CIUDADANO” en donde me informe sobre cómo y a donde
dirigir mi reclamo. Así fue que remití un correo a “PAMI ESCUCHA”, también el
03 de febrero presente por Mesa de Entrada de PAMI (Mendoza) mi reclamo que
fuera recibido por la Señora Gladys Pérez (legajo 59259). Hasta la fecha mis
reclamos no han tenido respuesta alguna.
A
continuación transcribo la nota mencionada
Mendoza, 01 de febrero de 2015
Al
INSSJP – PAMI
At. Dr. Marcelo Álvarez
S / D
As.: Julio A. Irrazabal
Beneficio: 150297732100-00
D.N.I.: 8.152.370
Saavedra 567, San José, Gllén.
Celular: 153.379142
Turnos médico de cabera y Sema
De mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en relación con el asunto de la
referencia, a fin de llevar a su conocimiento lo que a continuación expongo:
Médico de cabecera: el 22 de enero ppdo. solicite turno con el Dr. Edgardo Redolfi, la señora
que atiende a quienes concurrimos, respondió que estaba dando turno para el mes
de marzo y me dio como fecha para ser atendido el 05 de marzo a 42 días
de distancia al momento de la solicitud. También solicite la confección de las
recetas y una derivación para el cardiólogo. Dicha señora me indicó que no
podía decir cuando debía pasar a retirar lo solicitado (recibido el día 26).
Advertí un cartel que indicaba que para “atención sin turno” hay que llamar al
155.054374 y concurrir al Centro de Salud Nº 211 Bº Chavanne (Jesús Nazareno,
ómnibus “9” recorrido “163”) al consultar sobre ese aviso, la señora, me
comunicó que por esos días el doctor no estaba concurriendo a dicho centro de
salud.
Sobre lo relatado me permito las siguientes consideraciones, al profesional
lo elegí por estar muy cerca de mi domicilio y por estar vinculado a una
apreciada familia de un arraigo de muchos años en nuestro barrio.
Le propongo, Dr. Álvarez, que sobre un plano de la ciudad ubique la
intersección de la calles Saavedra y Pellegrini (San José) y establezca la
distancia con el Bº Chavanne (kilómetros). También destaco que no soy
propietario de ningún medio de movilidad. También me pregunto si es correcto
que el profesional atienda al jubilado capitado fuera del domicilio declarado
(Saavedra 678) y además en un centro de salud que supongo será municipal o
provincial.
Sema: En el día de la fecha concurrí a la institución a fin de solicitar turno
para efectuarme un electrocardiograma y turno para un médico cardiólogo. Señalo
mi preferencia por el Dr. Carlos Valcárcel, en razón que hace ya un tiempo me
viene atendiendo, acepto ser atendido por otro profesional. Se me dio un turno
para ser atendido el día 16 de abril, a 74 días de distancia en
el futuro. En cuanto al electrocardiograma se me indicó que lo hiciera a partir
de mediados de marzo para estar sobre la fecha del turno.
Dr. Álvarez me permito señalar mi edad 68 años y que hace unos años sufrí
un infarto, que hace un tiempo (2.012?) la fecha exacta puede verificarse en la
historia clínica existente en Sema tuve que ser tratado con anticoagulantes por
una situación similar a la actual (entiendo que fue más fuerte), que desde hace
un tiempo me siento mareado – intermitentemente -, débil y cansado. Al no ser
médico no puedo valorar la importancia de los síntomas descriptos pero entiendo
que ameritan que sea atendido. También me pregunto si dentro de las normativas
que rigen la relación PAMI-prestador-jubilado este tipo se situaciones no están
previstas.
Con respecto a los turnos hace unos años no se daban los inconvenientes
señalados y desde hace a un tiempo se vienen presentando y al parecer con una
tendencia progresiva.
Me disculpo Dr. Álvarez por lo extenso de la presente y solicitó tengo a
bien recibirme (o un funcionario que Ud. designe) a fin de buscar una solución
razonable a la situación planteada.
Agradeciendo desde ya su atención, quedo a la espera de sus noticias y le
saludo con mi mayor consideración.
Julio A. Irrazabal
Benef.:
150297732100-00
D.N.I.
8.152.370
Como ya señale el reclamo
antecedente no ha merecido, hasta la fecha, ninguna repuesta. Por lo anterior
decidí llevar mi reclamo ante las Comisiones de Derechos y Garantías de la
Legislatura de Mendoza. El 03 de marzo concrete mi presentación, Expediente
69502 (diputados) y Expediente 66126 (senadores). A continuación la
presentación:
Mendoza,
01 de marzo de 2015
COMISIONES DE
DERECHOS Y GARANTÍAS
LEGISLATURA DE
MENDOZA
S / D
As.: PAMI – ATENCIÓN JUBILADOS –
TURNOS
Julio A. Irrazabal
D.N.I.: 8.152.370
Beneficio:
150297732100-00
Domicilio: Saavedra 567, San José, Guaymallén
Celular:
0261.153.379142
Correo: jairrazabal@hotmail.com
De mi
consideración:
Me
dirijo Uds. en relación con el tema del título a fin de solicitarles tengan a
bien considerar la posibilidad de v/intervención en razón de lo que a
continuación expongo.
A
principios del mes de enero ppdo. falleció la Señora Córdoba, en la oficinas de
PAMI, el lamentable suceso originó concentraciones y reclamos de organizaciones
de jubilados, en febrero los jubilados fueron recibidos por Uds., a partir de
la declaraciones periodísticas- a posteriori- de representantes de dichas
organizaciones es que entiendo pertinente molestar v/atención.
En
este punto es necesario hacer una breve referencia sobre mi situación: Tengo 68
años, en el año 2.000 sufrí un infarto, en 2012 me afectó una crisis cuyos
síntomas eran: dificultad para respirar, gran debilidad y cansancio, fue
necesario un tratamiento con medicación de anticoagulantes, superado el mal
momento todo volvió a la normalidad hasta fines de 2014 cuando comencé a sufrir
mareos, debilidad y cansancio (de menor intensidad que en 2012).
Ante estos síntomas solicite a mi médico de
cabecera un turno para su atención y de ser necesario me derivara a un
cardiólogo. Mi solicitud de turno, al médico de cabecera, fue realizada el 22
de enero, se me otorgó turno para el 05 de marzo (a 42 días de distancia en
el futuro). Advertí en el consultorio un cartel con el siguiente texto:
“Atención sin turno, telef.155.054374, Centro de Salud 221, Bº Chavanne –
Jesús Nazareno, Micro ‘9’ (Recorrido 163), Jesús Nazareno”. El 23 de enero me fue entregada – por la
secretaria – la derivación para el cardiólogo. Al concurrir a “SEMA” a
solicitar turno para cardiología, el mismo me fue otorgado para el 16 de abril
(a 74 días de distancia en el futuro).
Ante
lo expuesto por “Internet” ingrese en la página del PAMI en la opción “Control
Ciudadano” y conforme a lo instruido presente en las oficinas de PAMI
(calle Córdoba de la Ciudad de Mendoza) por mesa de entrada el informe de la
situación que me afecta y solicitando una audiencia con el Dr. Marcelo Álvarez
(o quien el designara), mi presentación fue recibida por la señora Gladys Pérez
– Legajo Nº59259 – el 03 de febrero. También, al mismo tiempo, remití un correo
electrónico a “PAMI ESCUCHA”. Hasta la fecha no he recibido respuesta alguna.
También el 23 de febrero procedí a cambiar el médico de cabecera.
Hasta
acá el relato de lo sucedido. Entiendo que corresponde valorar los hechos a
partir de las “normas que regulan la
relación “PAMI-jubilados- prestadores”. Entre las organizaciones de
jubilados, que en mi opinión encuentran grandes dificultades para acceder a
dichas normas, tiene carácter casi mítico la RESOLUCIÓN 0284/05. En varias ocasiones solicite al Dr. Eduardo
Hernández un ejemplar de la “Resolución 284” pedido que no fue satisfecho,
finalmente logre acceder - de manera oficiosa – a dicha norma.
Dado
que la Resolución 284 fue emitida en
2005, la supongo aún vigente (existe la posibilidad que haya sido modificada).
En definitiva la norma consta de una parte donde declara propósitos, siendo
estos: “La accesibilidad inmediata a la
atención médica” y el “Sistema de
fiscalización Continua”.
En lo
específicamente normativo para “MÉDICO DE CABECERA” y “ESPECIALISTAS” (Entiendo
que se hace referencia a ellos como NIVEL I Y NIVE II respectivamente), la
Resolución 284 determina:
-
Establecer de
manera específica la ubicación del consultorio (y por ende el área geográfica)
en donde postula ofrecer sus servicios.
-
No se podrá disminuir la capacidad prestacional.
-
Otorgamiento de los
turnos a no más de tres (3); cuatro (4) y siete (7) días de distancia. La
opción de siete (7) días es para la especialidad de oftalmología.
A la
luz de lo expuesto me pregunto si es correcto:
-
Los días que median
entre la solicitud del turno y la efectiva atención, 42 días en el caso del médico de cabecera y 74 días en el caso de SEMA (cardilogía).
-
El médico de
cabecera da un consultorio alternativo que no es el específicamente declarado y
corresponde al Centro de Salud 211. Que en primer lugar se haya muy distante.
Invito a los legisladores que sobre un plano de la ciudad establezcan la
ubicación del consultorio declarado (Saavedra 678, San José, Guay mallen) y la
del centro de salud en el Bº Chávenne (Jesús nazareno). A lo que se debe
agregar el hecho que se superpondrían los jubilados capitados con los
asistentes naturales al centro de salud.
-
A pesar de seguir
los pasos indicados por PAMI, la presentación que realice el 03 de febrero no
ha merecido ninguna respuesta por parte del Instituto.
Señores
Legisladores entiendo que Uds. son parte de un poder provincial, sin embargo
están directamente relacionados con instancias nacionales. También destaco que
mi caso, con total seguridad, no es un caso aislado o accidental sino lo que le
está sucediendo a miles de jubilados que son sus comprovincianos. Sin duda
vuestra intervención será de gran importancia y redundara en beneficio de los
jubilados de Mendoza.
Aseguro
a los Señores Legisladores que está situación es lo último que hubiera deseado,
ya que es sumamente violento, para mí a los 68 años, quedar enfrentado con
quienes atienden mi salud. Es sumamente desagradable estar en una situación que
me lleva a tratar en público situaciones privadas y personales. Lamentablemente
me veo obligado a solicitar vuestra intervención que desde ya agradezco.
Julio A. Irrazabal
D.N.I. 8.152.370
P.D:
Se adjunta copia de:
-
Turnos médico
-
Derivación
especialista
-
Nota presentada a
PAMI
-
Credenciales
-
Resumen “Resolución
0284/05”
Hasta
acá lo sucedido, en la Legislatura se me dijo que podría tener novedades en 10 días
y se me advirtió que de no requerir novedades los expedientes serán archivados.
Continuare
informando. Saludos
A LA FECHA: 04.06.2016 NO HE RECIBIDO REPUESTA NI DEL PAMI NI DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL.
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