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Cuánto le cuesta al Estado que los jueces y
fiscales no paguen Ganancias

Manuel Tarricone
- 27 NOVIEMBRE, 2018
La Corte Suprema determinó que todos los funcionarios judiciales
nombrados después de 2017 deben pagar el tributo, provengan o no del Poder
Judicial.
Cómo se originó este conflicto y cuánto deja de percibir el Estado
cada año.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) resolvió que
los jueces,
fiscales, defensores y empleados judiciales que fueron nombrados a partir de
2017 deben pagar el impuesto a las Ganancias, sin importar si
trabajaban o no con anterioridad en el Poder Judicial.
La decisión es relevante
de cara al futuro (porque cada magistrado que ingrese de acá en más pagará),
aunque por el momento se
trata de un grupo muy reducido de jueces y la gran mayoría seguirá sin pagar
este tributo.
Por esta exención sobre toda la Justicia, de acuerdo con el
Presupuesto 2019, aprobado por el Parlamento hace dos semanas, el Estado nacional dejará de percibir
$9.900 millones por la exención de Ganancias para jueces, fiscales,
defensores y empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias.
Esto equivale a 5,5 millones de asignaciones universales por hijo o 1,1
millones de jubilaciones mínimas, según datos de La Balanza, la herramienta de Chequeado para dimensionar a
cuánto equivalen las cifras que circulan en el debate público.
El presupuesto, además, señala que a lo largo de 2018 lo que
pierde el Estado por no cobrarle Ganancias a los funcionarios judiciales son $7.300
millones.
Y en 2017 fueron $5.700 millones.
Sobre qué resolvió la Corte
El máximo tribunal resolvió sobre una medida cautelar dictada en
un expediente en el que se busca definir cómo debe interpretarse el artículo 5
inciso a de la Ley 27.346.
En esa
norma sancionada por el Congreso en 2016 se estableció que los funcionarios del
Poder Judicial no
deben pagar Ganancias a menos que su nombramiento haya sido posterior a 2017.
La Asociación de Magistrados pidió a la Justicia que la palabra “nombramiento” sea interpretada como
“ingreso al Poder Judicial de la Nación”, es decir que si una persona se desempeñaba
como secretario y después de 2017 era nombrado juez, no debía pagar Ganancias,
ya que su nombramiento era anterior a la norma.
Este criterio fue aceptado en dos
instancias del fuero Contencioso Administrativo Federal, pero la Corte hoy
revocó esa medida cautelar.
Por eso, de acá en más, cada ascenso en la carrera judicial será
contabilizado como nuevo nombramiento y pagará Ganancias.
Los jueces de la
Corte no se excusaron y pudieron expedirse en el fallo de hoy porque los cinco
fueron nombrados antes de 2017 y, por lo tanto, no están alcanzados por la ley.
Todavía está pendiente una resolución sobre la cuestión de fondo:
la constitucionalidad
de la ley sancionada por el Congreso, es decir, si corresponde que los
jueces nombrados después de 2017 paguen Ganancias o si ello viola el principio de “intangibilidad
del salario”.
Esto todavía tramita en el fuero Contencioso Administrativo
y por eso no fue tratado por la Corte.
Cuántos son los jueces alcanzados por
la ley
Los funcionarios judiciales estaban eximidos de pagar Ganancias
por un antiguo fallo de la Corte de la década del ‘30.
En 1996 el Congreso sancionó
la Ley 24.631, que
eliminó la exención de Ganancias para los jueces.
Sin embargo, pocas semanas
después la
Corte dictó una acordada en la que
declaró inaplicable esa norma por el principio constitucional que establece que los
salarios de los jueces no pueden ser disminuidos.
Pasaron casi dos décadas hasta que el Congreso volvió a tratar
este tema en 2016, con la sanción de la Ley 27.346.
Entre 2017 y 2018, años de
vigencia de esta norma, el
Gobierno nacional nombró 119 jueces
que, caída la cautelar por el fallo de hoy, deberán pagar Ganancias.
Es decir que por
ahora pagarán
Ganancias el 12% de los jueces federales y nacionales, según datos oficiales
del Consejo de la Magistratura.
Aunque con el criterio que la Corte estableció
hoy (siempre y cuando falle en el futuro a favor de la constitucionalidad de la
norma), esa proporción crecería a medida que se nombren nuevos magistrados.
En qué situación queda cada
funcionario con la nueva ley
Según informaron a Chequeado desde el Consejo de
la Magistratura de la Nación, un juez de primera instancia, con 30 años de
antigüedad, y nombrado
antes de 2017, cobra unos $200 mil netos (con los descuentos aplicados), y no le corresponde el pago del impuesto a las
Ganancias.
Por otro lado, un secretario con 30 años de antigüedad, que
asciende a juez de primera instancia después de 2017, pagaría Ganancias y tendría en mano un sueldo de
$130 mil.
La Corte resolvió hoy sobre este tipo de casos.
Es decir que el
pago del tributo significaría el 35% de su salario de bolsillo ($70 mil sobre
200 mil), como ya ocurre con el resto de los trabajadores con esos salarios.
Fuente
“chequeado.com”,
27.11.2018
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