ESPAÑA Y SUS JUBILADOS
La edad de jubilación se retrasa hasta 65 años y ocho meses desde enero
El retiro se mantiene en 65 años con
el 100% de la pensión para los que hayan cotizado a la Seguridad Social al
menos 36 años y nueve meses

La aplicación de la reforma de las pensiones
sigue su curso mientras el Pacto de Toledo continúa, después de más de dos años
de trabajos, buscando fórmulas para
asegurar el presente y futuro del sistema público.
La llegada
de 2019 traerá un nuevo cambio en los requisitos para acceder a la jubilación
en cumplimiento de la ley de pensiones, que desde el año 2013 está obligando a
trabajar más años y cobrar menos como fórmulas para sostener el sistema, que
todavía lucha por recuperarse de una crisis que acabó con 3,7 millones de
puestos de trabajo.
La norma retrasa progresivamente la edad de
retiro hasta los 67 años en 2027.
Así, quienes quieran jubilarse a lo largo del
año próximo con el
100% de la pensión que les pudiera corresponder, deberán
tener ya cumplidos los 65 años y ocho meses.
A partir de 2019 la edad de
jubilación se incrementará dos meses cada año hasta 2027.
¿Qué ventajas
tiene para el sistema público retrasar la edad jubilación?
Por un lado, permite
disponer de más población activa que financie las pensiones, y por otro,
retrasa el cobro de la pensión.
Es decir, si un trabajador sigue activo hasta
los 67 años, son dos años más que aporta a la caja común, pero no consumiendo
pensiones.
El retraso, que se aprueba con carácter general, tiene sus excepciones.
Los trabajadores que
acumulan una larga vida laboral podrán retirarse con su pensión íntegra a los
65 años siempre y cuando tengan cotizados 36 años y nueve meses o más.
Por cada
ejercicio se aumenta ese periodo en tres meses hasta llegar a 2027, cuando
quien desee retirarse a los 65 deberá contar con una cotización de, al menos, 38 años y seis meses.
La generación
que se está jubilando ahora comenzó a trabajar muy joven y, por tanto, acumula
muchos años de aportaciones al sistema.
Más problemas para saltar este listón
tendrán los jóvenes actuales, que han empezado más tarde a cotizar y con
sueldos más bajos.
También tendrán problemas las mujeres con lagunas de
cotización.
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En 2019 también cambiarán los años que se
tienen en cuenta para calcular la pensión, que ese año quedará fijado en 22
años.
Desde 2013 se abrió un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2022 en
el que el periodo de cotización exigido para calcular la pensión pasará de
forma progresiva desde
los 15 años a los 25 años.
A cada ejercicio, a contar desde 2013, se le va
sumando un año hasta completar los citados 25 años en 2022.
El nuevo año también traerá modificaciones en la jubilación anticipada.
La norma retrasa hasta 63 años y ocho meses la edad para acceder a la
jubilación anticipada voluntaria, que en paralelo a la legal de retiro podrá
realizarse dos años antes también hasta el año 2027, cuando quedará establecida
en el mínimo de 65 años.
Además, para acceder a esta modalidad son necesarios
al menos 35 años de cotización, y por cada trimestre de adelanto respecto a la
edad oficial de jubilación la
pensión sufrirá una penalización progresivaque irá desde el 2%
de la base reguladora, si se han cotizado menos de 38,5 años, hasta el 1,625%
si se superan los 44,5 años cotizados.
En el caso de
jubilación forzosa, podrá realizarse hasta cuatro años antes de la edad legal
de retiro -en 2019, a los 61 años y ocho-.
Serán
necesarios 33 años de cotización como mínimo y la penalización irá desde el
1,875% por trimestre adelantado para menos de 38,5 años cotizados, hasta el
1,5% para más de 44,5 años cotizados.
La ley de actualización, adecuación y
modernización del sistema de Seguridad Social fue acordada por el Gobierno de
Rodríguez Zapatero con las
patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos CC.OO. y UGT en
febrero de 2011.
La ley fue aprobada definitivamente en agosto de 2011, cuando
algunas de sus disposiciones entraron en vigor, y otras lo hicieron en enero de
2012, si bien la puesta en marcha del grueso de la reforma, como la subida de
la edad de jubilación, se estableció en el 1 de enero de 2013, ya con el
Gobierno de Mariano Rajoy.
Subidas idénticas al IPC
Cambios
normativos y nuevas cuantías para la pensiones en 2019.
Al igual que ha
ocurrido este ejercicio, las nóminas de los jubilados subirán con el IPC
después de que se desterrase el incremento del 0,25% que establece la ley de
pensiones aplicada los últimos cinco años.
La subida de las pensiones ya se convirtió
en un campo de batalla política en los Presupuestos Generales de 2018.
El alza inicialmente prevista por la ley de
solo el 0,25% acabó en un incremento del 3% para las mínimas y
del 1,6% para todas las demás, tras un acuerdo del Gobierno de Mariano Rajoy,
el PNV y Ciudadanos.
Esas alzas fueron las que, finalmente, el Gobierno de
Pedro Sánchez, aplicó cuando se tramitaron las cuentas.
Y para el próximo año, según lo pactado por Pedro
Sánchez con Podemos, se repetirá la misma operación.
El IPC
volverá a ser la referencia para la revalorización y las mínimas crecerán, de
nuevo, un 3%.
Antes, el Gobierno deberá
compensar a los jubilados por la desviación de los precios que seguro se
producirá este ejercicio, en el que se esperan subidas más elevadas que el 1,6%
en el que se incrementaron las pensones (SIC).
La diferencia la recibirán en una paga
única en enero.
Fuente
“ABC.es”, España, 10.12.2018
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