REFORMA PREVISIONAL
CUESTIONADA Y… CUESTIONANTE
¿Qué resolvió la Justicia sobre la reforma
previsional y cómo puede impactar en los jubilados?
Manuel Tarricone - 07 JUNIO, 2018
La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inconstitucional
un artículo de la nueva ley aprobada por el Congreso en diciembre, aunque avaló
la nueva fórmula para calcular los aumentos.
Un explicador para entender de qué
se trata el fallo y cuál es su impacto.
La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inconstitucional
un artículo de la reforma jubilatoria que fue aprobada por el Congreso en
diciembre último.
Se trata del fragmento de la ley que establece desde qué momento comienza a regir el nuevo
cálculo.
Si bien le dio validez
al resto de la reforma, este nuevo criterio podría originar nuevas demandas de jubilados
que obligarían a la ANSES a abonar un mayor aumento de los haberes en marzo.
La demanda la inició Miguel Fernández Pastor, un abogado
especialista en temas previsionales que fue gerente de Normatización de
Prestaciones y Servicios de la ANSES hasta 2015, durante el gobierno de Cristina
Fernández de Kirchner.
El demandante solicitó que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 27.426, que es el que fija la nueva forma de calcular los aumentos.
Sostuvo que la nueva
fórmula “es más perjudicial para los beneficiarios que la norma anterior”.
Este pedido fue rechazado en primera instancia por la jueza
Adriana Cammarata y por la Sala III de la Cámara en el fallo emitido esta
semana.
Es decir que la
Justicia avaló en dos instancias la nueva forma de calcular los aumentos
jubilatorios, impulsada por el Gobierno.
Sin embargo, Fernández Pastor también solicitó la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley, que determinó que la
nueva fórmula se aplique por primera vez a partir del 1° de marzo de 2018.
El
problema de este artículo, según el abogado, es que deroga la ley en forma retroactiva.
Esto fue lo que la
Cámara le concedió.
Entonces, ¿cuál es la diferencia entre el nuevo y el viejo cálculo
jubilatorio?
A diferencia de la nueva norma, que tiene cuatro aumentos
trimestrales al año, la ley
anterior tenía dos aumentos semestrales, uno en marzo y otro en septiembre.
El
aumento de marzo se determinaba de acuerdo a un cálculo matemático de los ingresos de la ANSES durante
el semestre julio-diciembre.
La nueva ley se aprobó en diciembre y el aumento de marzo se calculó (con la nueva
fórmula) de acuerdo con los indicadores del trimestre octubre-diciembre.
Es decir que el trimestre julio-septiembre no fue tomado en
cuenta.
Por eso, el incremento de haberes de marzo fue del 5,7%, mientras que si se
hubiera aplicado la fórmula anterior debió haberse establecido un aumento del
14,6 por ciento.
“La Justicia consideró que el jubilado que inició el caso tenía
como derecho
adquirido a cobrar en marzo la movilidad que había generado entre julio y
diciembre, cuando todavía estaba vigente la ley anterior”, explicó a ChequeadoClaudia Danani,
investigadora especializada en política social de la Universidad General
Sarmiento y el Instituto Gino Germani (UBA).
¿A quién aplica este fallo?
El fallo de la Sala III sólo aplica a Fernández Pastor y no a todos los jubilados, pero sí genera un
precedente por el que todos los casos análogos que lleguen a esta Sala serían
resueltos en la misma sintonía.
Sin embargo, desde la ANSES confirmaron a Chequeado que apelarán este fallo y será la Corte
Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) la que defina la jurisprudencia sobre
la nueva ley.
De acuerdo con los datos de diciembre de 2017, el sistema previsional cuenta con 6,8 millones
de jubilados y pensionados.
De ese total, el 46% cobran por encima de la jubilación mínima, y se trata -en su
mayoría- de beneficiarios que no recibieron el subsidio extraordinario que
entregó la ANSES por única vez en diciembre.
Ese porcentaje de jubilados se
encuentra en una situación similar a la de Fernández Pastor y podría solicitar
a la Justicia la aplicación de este criterio.
¿Qué pasó con los que cobran la mínima?
Luego de la sanción de la reforma que modificó el cálculo de los
aumentos, el Gobierno dictó en diciembre último un decreto en el que aprobó un subsidio extraordinario por única vez de $750
a jubilados con haberes inferiores a $10 mil, aunque la pérdida por el
nuevo cálculo fue mayor.
En diciembre de 2017 la jubilación mínima era de 7.246 pesos.
Se
había llegado a ese monto con el aumento semestral que comenzó a cobrarse a
partir de septiembre. Con el primer aumento trimestral dispuesto por la nueva ley, el haber mínimo en marzo de 2018 llegó a 7.660
pesos.
Si se hubiera aplicado la vieja fórmula, como reclamó Fernández
Pastor, la mínima en
marzo habría llegado a 8.303 pesos.
Esto quiere decir que durante el segundo trimestre de
este año los jubilados cobraron, en el acumulado, casi $2 mil pesos menos que con el cálculo
anterior y que ahora ordenó realizar la Justicia federal para el caso
del jubilado beneficiado.
Fuente
“chequeado.com”, 07.06.2018
< / >
MIGUEL FERNÁNDEZ PASTOR
Por qué declararon inconstitucional la reforma jubilatoria ... - RadioCut
https://radiocut.fm/.../por-que-declararon-inconstitucional-la-reforma-jubilatoria-guill...
hace 3 días - El abogado y denunciante Miguel Fernández Pastor explicó que la Justicia objetó la retroactividad de la norma aprobada por el Congreso que ...En Anses denuncian una maniobra del radicalismo K para trabar el ...
www.lapoliticaonline.com/nota/99840/
25 ago. 2016 - Se trata de Miguel Ángel Fernández Pastor, un abogado especialista en ... En la Anses también recuerdan que en junio Fernández Pastor ...
Falta(n): denunciante
Miguel Fernández Pastor – Canal Abierto
canalabierto.com.ar/tag/miguel-fernandez-pastor/
ANSES deberá devolver el 9% de diferencia que no le pagó en marzo al jubilado denunciante. El fallo a favor abriría el camino para que los millones de ...MIGUEL FERNÁNDEZ PASTOR en Mañana Sylvestre - YouTube
https://www.youtube.com/watch?v=DRLsb6qEEpo
5 dic. 2017 - Subido por Radio10
CONTINÚAN LAS REPERCUSIONES POR LAS POLÉMICAS DECLARACIONES SOBRE LOS JUBILADOS DEL ...
Falta(n): denunciante
Un fallo vuelve a poner en riesgo la Reparación Histórica de los ...
https://www.cronista.com/.../Un-fallo-vuelve-a-poner-en-riesgo-la-Reparacion-Histori...
28 may. 2018 - Fernández Pastor impulsó la causa. La ANSeS ... El amparo había sido promovido porMiguel Ángel Fernández Pastor, ... Consultadas por El Cronista, fuentes de la ANSeS señalaron que el denunciante tiene afinidad en el ...Ex titular de Ansés: “Con la reforma ganan solo los poderosos, que ...
https://realpolitik.com.ar/.../ex_titular_de_anses_con_la_reforma_ganan_solo_los_po...
El ex titular del Anses durante el gobierno de Fernando De la Rúa, Miguel Fernández Pastor, dialogó con RADIO REALPOLITIK (www.realpolitik.fm) sobr.Nacionales El fallo contra la ley de movilidad genera un ... - Radio Dos
www.radiodos.com.ar/notix/movil2/index.php?seccion=noticia&id=109565
hace 2 días - La denuncia fue presentada en diciembre por Miguel Fernández Pastor, abogado previsional jubilado y ex directivo de ANSES, que consideró ...Preparan mega demanda de 2.500 casos | Diario 1588
diario1588.com/preparan-mega-demanda-de-2-500-casos/
19 ene. 2018 - El denunciante, Miguel Fernández Pastor, requirió al juez Walter Carnota, que intime a la fiscal Mariana Grinberg para que gire el expediente y ...El gobierno podrá vender activos de la ANSES para el pago a ...
www.nueva-ciudad.com.ar/.../28522-el-gobierno-podra-vender-activos-de-la-anses-p...
22 sept. 2016 - El denunciante, Miguel Ángel Fernández Pastor, que inició la medida cautelar es un jubilado que además fue exfuncionario del organismo ...
No hay comentarios:
Publicar un comentario