VENEZUELA:
ALQUILER ¿SE BUSCA/SE OFRECE?
Se necesitan al
menos 1.140 sueldos mínimos para alquilar en Caracas

La
zona, los metros cuadrados y las comodidades son características que influyen
en el precio para arrendar un apartamento
Por VEDA EVERDUIM
16 DE FEBRERO DE 2018
La inseguridad acecha, el transporte público presenta fallas
y para alquilar un inmueble se necesita tener firma jurídica.
Los
ciudadanos se han vuelto más cautelosos a la hora de brindar un espacio y
a los inquilinos se les dificulta más conseguir un lugar para vivir.
Mudarse en Venezuela ha llegado a ser un lujo.
En Caracas, los
alquileres que se cotizan casi en su totalidad en moneda
extranjera, varían entre 120 y 1.200 dólares, dependiendo de la zona y las
comodidades requeridas por el arrendatario.
De acuerdo con el precio del dólar en el mercado paralelo,
se requiere el equivalente a 1.140 sueldos bases, fijado en 248.510
bolívares, para alquilar un apartamento en Caracas.
Empieza la
búsqueda
A la hora de elegir un sitio para mudarse lo primero que hacen los
ciudadanos es seleccionar el intermediario: portales, corredores
inmobiliarios -dependiendo del poder adquisitivo de la persona- o amigos que
puedan facilitar la selección de vivienda.
Una vez hallado el método de búsqueda toca identificar la zona, el
precio y las necesidades.
Los precios de los alquileres en el municipio Libertador son más
bajos, podrían oscilar entre $120 y $350; en Chacao, con todas la comodidades y
algunos beneficios como cercanía al transporte público, los precios rondan entre
$400 y $600; en el municipio Sucre varían entre $200 y $600; en El
Hatillo se podrían conseguir apartamentos entre $150 y $600, y en
Baruta, el municipio con mayor costo en el arrendamiento, podría costar
hasta $1.200 por mes.
La mayoría de las personas consultadas aseguraron pedir entre
cinco y doce meses de adelanto para realizar la negociación.
Realidad
económica versus ley
Andrés Guevara, abogado del Centro para la Divulgación del
Conocimiento Económico para la Libertad (Cedice Libertad), aseguró que los
alquileres en Venezuela se rigen por varias regulaciones: Ley de Arrendamientos
Inmobiliarios, de 1999; Ley para la Regularización y Control de los
Arrendamientos de Vivienda, de 2011; y Ley de Regulación de Arrendamiento
Inmobiliario para Uso Comercial, de 2014.
Además, del Código Civil que
tiene disposiciones puntuales sobre el arrendamiento.
“En el arrendamiento para casas lo que se debería aplicar es la
ley del año 2011 (Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de
Vivienda), porque es la específica en todo este contexto debido a que los
arrendamientos en moneda extranjera están expresamente prohibidos.
No se puede
autentificar un contrato (de este tipo) en una notaría”, comentó Guevara
a El Nacional Web.
El investigador de Cedice detalló que lo que sucede en la práctica
es que los ciudadanos no hacen contratos escritos sino “orales, y de buena fe”.
“Se realiza el intercambio de los cánones de manera ilegal.
Es una realidad económica que se impone sobre la ley”, añadió.
“EL NACIONAL”, Venezuela,
16.02.2018
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