8 may 2017

ARGENTINA Y EL CIADI...






ARGENTINA Y EL CIADI

UN “AGREGADITO” A LA HERENCIA






El país deberá pagar u$s383 millones por la estatización de Aguas Argentinas

08-05-2017 

El Ciadi confirmó un fallo. 

Las compañías habían recurrido a tribunales internacionales luego de la pesificación de las tarifas de 2002


El estado argentino deberá pagar unos u$s383,4 millones a las empresas Aguas de Barcelona (Agbar), Suez Environnement y Vivendi por la estatización de Aguas Argentinas SA, la empresa que brinda el servicio de agua corriente y cloacas en el área metropolitana.

El Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), tribunal arbitral independiente del Banco Mundial, confirmó un laudo que dictó en 2015

El fallo sanciona a Argentina, luego de un litigio que se extendió por una década.

En 2005, las tres empresas que compartían la concesión de Aguas Argentinas reclamaron al Gobierno un incremento de las tarifas del servicio, que llevaban varios años congeladas y se habían pesificado tras la salida de la convertibilidad, en 2002.

A cambio del aumento de tarifas, Argentina exigió a las concesionarias un compromiso de inversiones en la mejora de la red y el servicio.

Las dos partes no llegaron a un acuerdo y, en marzo de 2006, el entonces presidente Néstor Kirchner decidió rescindir el contrato con el consorcio de empresas europeas y reestatizar el servicio.

Las firmas llevaron el caso al Ciadi, que en abril de 2015 emitió un laudo dándoles la razón y obligando a Argentina a pagar una elevada indemnización.

En concreto, el tribunal arbitral del Banco Mundial determinó que el Gobierno tenía que pagar u$s223 millones a Suez; 123,2 millones de dólares a Agbar y 37,2 millones de dólares a Vivendi por pérdidas sobre deuda garantizada y capital.

En agosto de ese mismo año, Argentina recurrió el laudo y pidió su anulación alegando que el tribunal "no fue constituido correctamente", "se extralimitó en sus facultades de forma manifiesta", "hubo incumplimientos graves de normas de procedimiento esenciales" y que el laudo "omitió expresar los motivos en los que se basó".

El CIADI, sin embargo, en una decisión que notificó a las partes el pasado viernes, rechazó la petición del país y lo obligó a saldar el litigio y todas las costas del procedimiento.


Fuente

“iProfesional”, 08.05.2017

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