UNA REFLEXIÓN A COMPARTIR CON LOS CORRELIGIONARIOS... PA' NO OLVIDARNOS DE QUIENES SOMOS
LOS CISMAS RADICALES
1º; “La conciliación” - 1891
Antes de ser fueron intransigentes. Después fueron Radicales.
Jardín Florida = Unión Cívica de la Juventud.
Frontón de Pelota = Unión Cívica
Revolución del '90 ó del Parque
15.01.1891. Convención de Rosario = fórmula: Mitre – Bernardo de Irigoyen.
Mitre acepta “la conciliación” que le propone Roca.
Escisión: Unión Cívica – mitrista , UNIÓN CÍVICA RADICAL, Leandro Alem – Hipólito Yrigoyen.
15,08.91. Convención del teatro Onrubia, fórmula UCR.: Bernardo de Irigoyen – Juan M. Garro.
2º “Las Paralelas” 1893/1897/1912
La abstención larga
3º “El alzamiento electoralista” - 1909
Manifiesto Disidente: “... el silencio y la inacción no constituye programa para nosotros...” Leopoldo Melo y otros.
Polémica Yrigoyen – Molina
4º “Los Antipersonalistas” - 1922/1928
Grupo “AZUL” o “GALERITAS” - Leopoldo Melo
1916. Hipólito Yrigoyen Presidente
1922. Marcelo T. de Alvear Presidente
UCR. Antipersonalista
1928. “El Plebiscito”, Hipólito Yrigoyen Presidente
1930. Golpe de Estado
5º “La Concordancia” - 1935
28.09.1931. fórmula Alvear – Guemes, VETADA
02/03.01.1935. Convención Nacional. Se levanta la abstención.
6º “Alvearismo – Junta Renovadora”
Contra Alvear: “Forja”, Intransigencia Nacional (Sabattini), MIR- (Mov. Intransigencia y Renovación – Balbín, Frondizi)
Revolución 1943
1946. Perón – Quijano (Partido Laborista, Junta Renovadora (Forja) vs. Unión Democrática: Tamborini – Mosca (unionistas).
24.02.1946. Perón Presidente
7º “Los Desarrollistas” - 1956
1948/1956. “unionistas” vs, MIR, Intransigencia Nacional
09.11.1956. Convención Nacional en Tucumán
Secesión: UCRP (Balbín) vs. UCRI (Frondizi)
8º “Concertación Plural” - ¿2005?
Kischner Presidente
Cobos y otros abandonan, desertan, dejan de ser radicales por decisión propia.
“MANIFIESTO DE LOS TRES” - noviembre 1947
“El radicalismo es un cauce abierto para que todos los hombre libres trabajen por la Patria, pero lo que NO PUEDE ADMITIRSE ES QUE SEA MANEJADO CONFORME A INSPIRACIONES QUE NO RESPONDEN A LA ESENCIA QUE LE HA DADO VIDA. DEBE DECIDIRSE … A SER LO QUE DEBE SER O A NO SER NADA, PORQUE PUEDE OCURRIRLE ALGO PEOR QUE NO SER NADA: TRANFORMARSE EN UNA FUERZA ANTIRRADICAL”
Frondizi (1), Sobral, Larralde.
(1) profecía autocumplida
“Quienes son los ciudadanos de este El Dorado. Ciudad sin ciudadanos, se edifican ciudades como se tejen paños para el uso de quien pudiese necesitarlo y así se produce una ciudad en América de alquiler … Así creciendo y aumentándose tendremos sin tenemos ya, la Torre de Babel en construcción en América. Porque no se hace Patria sin patriotismo por cemento ni ciudad sin ciudadanos que es el alma y la gloria de las naciones. Se disipará al soplo de acontecimientos vulgares: una seca, una guerra extranjero o intestina.”
Domingo F. Sarmiento en “Historia de las ideas políticas en la Argentina” J.L. Romero
“Vamos hacia un sistema, donde algunos – los menos – mandarán sin control y otros – los más – obedecerán sin examen”
{aproximadamente}
Carlos D' amico; “Buenos Aires, sus hombres, su política”
“Solo se pueden hacer aquellas cosas que la razón pueda probar y el corazón aprobar”
(M. Gandhi)
“La Prensa”, 29.02.1902
“Esa agrupación (el radicalismo) no tiene regalías que ofrecer a sus afiliados. No interviene en la aplicación de un centavo de la renta pública, lo que vale decir que no dispone del más modesto empleo. No tiene ni pide posiciones oficiales. Rehusá, sistemáticamente, las evoluciones de la situación, que puedan abrirles vías de accesos a las ventajas gubernativas. A pesar de todo existe. Este es un hecho notorio. Vive de sus sentimientos, de sus pasiones, de sus ideales, que mantienen con un calor y con una fe que no guardan concordancia con el espíritu oportunista y utilitario en boga en estos tiempos en las esferas en que se decide sobre el nacimiento y destino de los gobiernos.
Sus entusiasmos se imponen al observador sereno. Es un fenómeno revelador del alma nacional: es un hecho del espíritu argentino.
El radicalismo no solamente subsiste y perdura como lo acaba de revelar, con sus ilusiones frescas y con sus fervores del primer día, además de eso posee un atributo notable, a saber: un poder moral y cívico de atracción y de asimilación de nuevos elementos. La juventud acredita espontáneas inclinaciones hacía él. Las generaciones que van surgiendo, le allegan contingentes continuados de innegable importancia. Es por lo tanto una comunión partidaria destinada a perdurar y crecer. La cimiente cívica del '90 está viva: el viejo tronco reverdece al calor del esfuerzo de sus viejos servidores”
{ ¿Qué eso fue en 1902?. Lo mismo sucedió entre 1972 a 1983, el secreto militancia con el Pueblo, sin rosca ni conciliabulo cerrado, Felipe Llaver, con lo cabrero que era, era un radical democrático algo que no se puede decir de sus supuestos “herederos” y hacedores de la actual realidad.}
SOBRE YRIGOYEN Y LOS RADICALES
“... permanecer veinticinco años en el mismo puesto de combate. Con el arma al hombro por un ideal, o una quimera sordos y ciegos a la incitación sensual. Viendo pasar las galeras púrpuras bajo el puente. Es una gesta cívica que no debemos ridiculizar porque honra a la Patria misma.”
Octavio Amadeo “Política”
“Hay que ser radical en todo y hasta el fin, levantando el espíritu por sobre el medio y el ambiente, cualquiera que el sea, teniendo muy presente siempre que la Argentina … no debe identificarse sino con proposiciones perdurables”
Yrigoyen a Alvear – 1920.
EL COMICIO CERRADO
“De un lado lo efímero, del otro lo perenne; de un lado lo de algunos, del otro lo de todos; de un lado el capricho del otro la ley; de un lado la oligarquía gozadora, del otro el pueblo sufridor; de un lado el existimo, del otro la esperanza y con nosotros la voluntad resuelta a seguir combatiendo por los ideales de nuestra nacionalidad … La UNIÓN CÍVICA RADICAL no vive de anécdotas electorales ni de días burocráticos, sino de ideales heroicos y de lustros históricos.
Ricardo Rojas – 1931
“RADICAL DE LA MESA SERVIDA Y DELA GLORIA BARATA”
Julio Irrazabal
LE.8152370 – afiliado radical
José Luis Ceteri - CC
Este año, más empleados en relación de dependencia y jubilados tendrán que presentar la declaración jurada de Bienes Personales. Quienes hayan cobrado, en promedio, sueldos y jubilaciones netas mensuales superiores a $ 6.000, deberán detallar los bienes que poseían al 31 de diciembre de 2014.
El vencimiento para la presentación de la declaración jurada
informativa es el 30 de junio, pero si de la liquidación surge un saldo a
pagar, el envío del formulario y el pago se adelanta al 13 de abril.
La cantidad de personas que tienen que cumplir con esta tarea ante la AFIP se incrementa año tras año, porque el límite anual de los sueldos y jubilaciones brutas de $ 96.000 no varía desde 2008. Entonces, al producirse incrementos nominales de los haberes, quedando el tope fijo sin actualizar, produce que más empleados y jubilados caigan en la red del impuesto a “la riqueza”.
Adicionalmente, los incrementos en las valuaciones fiscales de los inmuebles, en todas las provincias, más los aumentos en el valor de los automóviles da como resultado tener que pagar el impuesto por superarse el valor exento de $ 305.000.
Adicionalmente, en el caso de los jubilados la “buena noticia” de los aumentos de haberes cada seis meses se compensa con la novedad de que muchos quedan alcanzados por Bienes Personales.
Se trata, como en el caso de Ganancias a los trabajadores, de un impuesto particularmente injusto e inequitativo. En primer lugar, porque los bienes imputados se obtuvieron, en la mayoría de los casos, con los ingresos de los contribuyentes, dinero por el que ya pagaron Ganancias. Además, los inmuebles abonan impuestos, así como los automóviles pagan patente.
En segundo lugar, porque están exentos del impuesto los activos financieros (títulos públicos, depósitos en caja de ahorro y los plazos fijos, cualquiera sea la moneda en que se constituyeron), instrumentos que pocos jubilados tienen para disfrutar.
Este impuesto grava los activos que se poseen en el país y en el exterior, no permite descontar las deudas, salvo los créditos hipotecarios por compra o construcción de vivienda. En la sociedad conyugal, los bienes gananciales tiene que declararlos el marido.
La mujer tiene que incluir en su declaración jurada los bienes que han sido comprados con el ejercicio de su oficio o profesión, más sus bienes propios. Los padres tienen que pagar por los inmuebles cedidos a sus hijos en usufructo gratuito.
Bienes gravados y exentos - Inmuebles del país: se toma una valorización que surge de un sistema bastante complicado que incluye actualizaciones hasta marzo de 1992, amortizaciones y comparaciones con la valuación fiscal Automóviles: el valor lo publica todos los años la AFIP.
Dinero: en cualquier moneda, en efectivo y cajas de seguridad.
Inversiones: los depósitos en cuenta corriente y fondos comunes de inversión. Créditos: saldos a cobrar al 31 de diciembre.
Otros bienes: las embarcaciones, los objetos de arte y los patrimonios netos de las empresas unipersonales y artículos del hogar.
FUENTE
"Los Andes", 05.03.2015
La cantidad de personas que tienen que cumplir con esta tarea ante la AFIP se incrementa año tras año, porque el límite anual de los sueldos y jubilaciones brutas de $ 96.000 no varía desde 2008. Entonces, al producirse incrementos nominales de los haberes, quedando el tope fijo sin actualizar, produce que más empleados y jubilados caigan en la red del impuesto a “la riqueza”.
Adicionalmente, los incrementos en las valuaciones fiscales de los inmuebles, en todas las provincias, más los aumentos en el valor de los automóviles da como resultado tener que pagar el impuesto por superarse el valor exento de $ 305.000.
Adicionalmente, en el caso de los jubilados la “buena noticia” de los aumentos de haberes cada seis meses se compensa con la novedad de que muchos quedan alcanzados por Bienes Personales.
Se trata, como en el caso de Ganancias a los trabajadores, de un impuesto particularmente injusto e inequitativo. En primer lugar, porque los bienes imputados se obtuvieron, en la mayoría de los casos, con los ingresos de los contribuyentes, dinero por el que ya pagaron Ganancias. Además, los inmuebles abonan impuestos, así como los automóviles pagan patente.
En segundo lugar, porque están exentos del impuesto los activos financieros (títulos públicos, depósitos en caja de ahorro y los plazos fijos, cualquiera sea la moneda en que se constituyeron), instrumentos que pocos jubilados tienen para disfrutar.
Este impuesto grava los activos que se poseen en el país y en el exterior, no permite descontar las deudas, salvo los créditos hipotecarios por compra o construcción de vivienda. En la sociedad conyugal, los bienes gananciales tiene que declararlos el marido.
La mujer tiene que incluir en su declaración jurada los bienes que han sido comprados con el ejercicio de su oficio o profesión, más sus bienes propios. Los padres tienen que pagar por los inmuebles cedidos a sus hijos en usufructo gratuito.
Bienes gravados y exentos - Inmuebles del país: se toma una valorización que surge de un sistema bastante complicado que incluye actualizaciones hasta marzo de 1992, amortizaciones y comparaciones con la valuación fiscal Automóviles: el valor lo publica todos los años la AFIP.
Dinero: en cualquier moneda, en efectivo y cajas de seguridad.
Inversiones: los depósitos en cuenta corriente y fondos comunes de inversión. Créditos: saldos a cobrar al 31 de diciembre.
Otros bienes: las embarcaciones, los objetos de arte y los patrimonios netos de las empresas unipersonales y artículos del hogar.
FUENTE
"Los Andes", 05.03.2015