7 dic 2013

LEY DE DES-RESONSABILIDAD CIVIL



LEY DE DES-RESPONSABILIDAD CIVIL

UN SALVOCONDUCTO PARA LOS FUNCIONARIOS

Si se aprueba el proyecto oficialista de responsabilidad patrimonial del Estado complementario de la reforma de Código Civil (podría denominarse Ley de des-responsabilidad civil”), los familiares de víctimas del “gatillo fácil” o de delitos de lesa humanidad no podrán reclamar al Estado la reparación integral por el daño. En tanto, los funcionarios responsables de esos hechos podrían recibir sólo sanciones administrativas o penales, pero tampoco serán responsables de resarcir daños cometidos.

Por ejemplo, eso sucedería en el caso dela tragedia ferroviaria de Once, con los ex secretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi, ya procesados penalmente. Tampoco los familiares de un paciente que sufrió una mala praxis en un hospital público podrían demandar al Estado {Recordar el intento de limitar las cautelares}. Y el médico sólo podría ser sancionado administrativamente por esa falta. En cambio, si esa mala praxis se produce en una clínica privada, la víctima o los familiares podrían hacer una demanda por vía civil.

Todo esto sería así porque el proyecto de ley “K” dice que “las disposiciones del Código Civil no son aplicables a la responsabilidad del Estado de manera directa ni subsidiaria”. Y en la ley especial a la que el oficialismo intentará darle dictamen el martes en Diputados, para que se apruebe antes del 10 de diciembre, solamente se admite la responsabilidad de los funcionarios y agentes públicos de los daños que causen si hubo “culpa o dolo”. En el derecho civil, para que se reconozcan culpa y el dolo hay que demostrar que hubo voluntad o intención subjetiva de dañar, algo imposible de probar.

El proyecto sostiene que es “improcedenteaplicar sanciones pecuniarias disuasivas al Estado, a sus agentes y funcionarios. Ahora, en cambio, si un funcionario no cumple con un fallo el juez puede aplicarle multas diarias, como la sentencia que ordena al INDEC reinstalar en su puesto a la ex coordinadora del IPC Marcela Almeida {recordar el caso del Procurador de Santa Cruz}.

Además se permite que las provincias y la Capital Federal adhieran o no a la ley, dejando las puertas abiertas para que cada distrito maneje criterios propios, inclusive más perjudiciales para los ciudadanos de esas jurisdicciones. A diferencia del Código que regirá en 2016, esta ley – que se vota aparte – entrará en vigencia apenas se sancione {más vale prevenir…}

FUENTE
“LOS ANDES”, 16.11.2013

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