12 feb 2013

¡¡¡ESPERANDO DESSE HACE 12 AÑOS!!!



UNA ANCIANA RECLAMA DESDE HACE…
¡¡¡DOCE AÑOS!!!
EL PAGO DE UNA PENSIÓN

La mujer tiene 83 años y un juicio con sentencia firme. Sin embargo ANSES desoyó pagar el beneficio y el monto ya supera los $500.000,- Presentaron una acción de amparo.

Paula Lucila Quintero es una mujer que ya cumplió 83 años y desde el 2000 reclama a la ANSES un beneficio de pensión, que a la fecha supera los $500.000,-

No es un caso aislado ya que situaciones de este tipo se multiplican a lo largo y ancho del país, pero esta tiene epicentro en Mendoza y la acción de amparo “por mora” impulsada por un abogado es contra el organismo nacional que tiene sede en calle Eusebio Blanco al 400 de ciudad.

El reclamo se encuentra respaldado por una sentencia firme. Fue notificado en febrero de 2009 y confirmada por la Cámara Federa de Seguridad Social en mayo… (de 2011), y en ella se imponía a la… (ANSES)… la liquidación del beneficio de pensión favorable a la mujer a partir de junio de 2000; y se imponía un plazo legal de 120 días hábiles, tiempo que se ha excedido largamente.

Ante esa situación el abogado Hermilio Tomás Azpilicueta inició una acción de amparo por mora (basado en la ley 19.459 y reforma 21.686) contra la sucursal Mendoza de ANSES, señalando que “tiene en su poder el expediente desde octubre de  2011, habiendo vencido con exceso los 120 días hábiles legales concedidos por el Tribunal y que ANSES nunca confeccionó la liquidación ordenada ni puso a disposición el pago de la acreedora”.

Entre los argumentos que destacó el profesional se resaltan las razones de humanidad, teniendo en cuenta la edad de la mujer y el carácter alimentario del reclamo.

LAS PRUEBAS

En el escrito se señala, entre otros, que “la acción de amparo en el salvataje de los mandamientos incumplidos pido se disponga sin intimación de plazo la remisión de los antecedentes de liquidación y el depósito de la suma establecida por la misma ANSES en un término no superior a las 48 horas de recibida la notificación de esta acción de amparo por mora, más los intereses que se hayan producido como está ordenado, toda vez que el solicitante en defensa de sus intereses pone en movimiento la garantía constitucional ya invocada y lo hace con un pronunciamiento judicial firme e que subsiste aún después de haber vencido el plazo fijado por el juzgado; todo lo cual determina el padecimiento de la actora, que ha tolerado todos los vaivenes de un proceso civil iniciado en el año 2000 y concluido 9 años después sin que ANSES haya cumplido con el mandato judicial”.

En el reclamo por un monto superior a los $500.000 se señala finalmente que “… cuando se evalúan situaciones de índole alimentaria debe extremarse la cautela a fin de logar que lleguen en tiempo y forma las prestaciones comprometidas y tal ponderación particularmente cuidadosa, debe efectuarse a favor de los beneficiarios, por cuanto, en definitiva ellos gozan de la correspondiente tutela constitucional”.

FUENTE
“LOS ANDES”, 22.08.2012





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