15 nov 2011

¡¡MÁS TRABAS PARA LOS JUBILADOS!!

MÁS TRABAS PARA LOS RECLAMOS

Pese a que ya existió un rechazo, el Gobierno sigue recusando un juez.

    La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continua recusando a un juez camarista de la seguridad social, buscando evitar que participe de la resolución de juicios iniciados por jubilados contra el Estado…, esa estrategia provoca demoras aún mayores a las habituales en la tramitación de causas previsionales.

    En julio pasado, antes de que comenzara la feria judicial, la Cámara federal de la Seguridad Social ya había rechazado, mediante resoluciones firmadas por tres jueces, las recusaciones presentadas por el organismo contra el juez Luis René Herrero, integrante de la Sala II de esa instancia de apelación.

    El día en que se conoció la decisión de los pares de Herrero (la resolución llevó la firma de los jueces Emilio Fernández, Néstor Fasciolo y Juan Carlos Poclava Lafuente) la Anses anunció que insistirá con el tema ante la Corte Suprema. De hecho, ya presentó un recurso extraordinario y ahora los jueces camaristas deberán decidir si la causa se elevará o no a la máxima instancia judicial.

    Pero mientras tanto, el organismo que dirige Diego Bossio sigue tratando de apartar a Herrero de las causas tramitadas por los jubilados. Eso provoca que, por cada expediente, se analice, antes que la causa en sí misma, esa recusación.

    Antes de comenzar con las recusaciones, la Anses había realizado una presentación contra Herrero ante el Consejo de la Magistratura, pidiendo iniciar una investigación que podría derivar en un juicio político. A instancias de lo declarado por una jueza de su misma sala, Nora, en notas que se cursaron en forma interna en el ámbito judicial, la Anses acusa al magistrado de supuestas alteraciones en el procedimiento de la votación de dos causas. Las acusaciones fueron rechazadas por Herrero.



    La Anses había criticado la decisión de los jueces de rechazar la recusación contra Herrero y los acusó de no respetar la ley ni el Código Procesal Civil y Comercial, que dispone que si la recusación es sin causa, no corresponde aceptarla o denegarla. O sea, cuestionó el hecho de que los jueces hayan tomado una decisión sobre el tema, por entender que la recusación debió haber impedido, sin más, que Herrero siguiera juzgando. Sin embargo, los magistrados habían argumentado que si bien la Anses utilizó la recusación sin causa, lo hizo enmascarando una situación porque, con la denuncia previa contra Herrero, había demostrado que tenía una causa para recusar.

FUENTE
“La Nación”
12.08.2011



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